RESOLUCION, Nº 0126-2017-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Coalaque, provincia de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua-RESOLUCION-Nº 0126-2017-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición26 de Abril de 2017

Expediente Nº J-2016-00772-C01

COALAQUE - GENERAL SÁNCHEZ CERRO -

MOQUEGUA

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO

PROCLAMADO

Lima, veinticuatro de marzo de dos mil diecisiete

VISTOS los Oficios Nº 010-2017-SG/MDC y Nº 027-2017-SG/MDC, recibidos el 20 de febrero y 22 de marzo de 2016, respectivamente, a través de los cuales la secretaria general de la Municipalidad Distrital de Coalaque, provincia de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua, remite el expediente sobre el procedimiento de suspensión tramitado contra Raúl Rey Arámbulo Álvarez, alcalde de dicha circunscripción, por la causal prevista en el artículo 25, numeral 5, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y teniendo a la vista el Expediente Nº J-2016-00772-T01.

ANTECEDENTES

Remisión de las sentencias al concejo municipal (Expediente Nº J-2016-00772-T01)

Mediante Oficio Nº 504-2015-P-CSJMO-PJ, recibido el 17 de julio de 2015, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, remitió la Sentencia Nº 035-2015, del 13 de mayo de 2015 (Resolución Nº 13), correspondiente al Expediente Nº 00659-2014-65-2801-JR-PE-03, que condenó al alcalde Raúl Rey Arámbulo Álvarez, como autor del delito de peculado doloso, previsto en el artículo 387, primer párrafo, del Código Penal, en agravio de la citada entidad edil. Por tal razón, le impuso un año y seis meses de pena privativa de la libertad, suspendida en su ejecución por un periodo similar, e inhabilitación para ejercer cargo público por el mismo tiempo, así como el pago de S/ 8 000.00 (ocho mil soles) por concepto de reparación civil (fojas 5 a 39)

Posteriormente, a través del Oficio Nº 242-2016-P-CSJMO-PJ, recibido el 19 de abril de 2016, el presidente de la citada corte superior remitió la Sentencia de vista, del 11 de noviembre de 2015 (Resolución Nº 10), a través de la cual confirmó la Resolución Nº 13, que condenó a Raúl Rey Arámbulo Álvarez, como autor del delito de peculado doloso (fojas 100 a 108 vuelta).

Merced a ello, este órgano electoral mediante Auto Nº 1, del 12 de mayo de 2016, remitió las citadas sentencias condenatorias al Consejo Distrital de Coalaque, a fin de que esta entidad cumpla con sustanciar el procedimiento correspondiente y emitir pronunciamiento, conforme a sus atribuciones (fojas 113 a 115).

Descargos de la autoridad...

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