Sentencia nº 56-2017/SDC de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 2 de Febrero de 2017

Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2017
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente442-2015/CEB
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 0056-2017/SDC-INDECOPI
EXPEDIENTE 00442-2015/CEB
M-SDC-02/1A 1/29
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIANTE : TORRES LÓPEZ S.R.L.
DENUNCIADA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES
MATERIA : BARRERAS BUROCRÁTICAS
RESTRICCIÓN DE HORARIOS
LEGALIDAD
RAZONABILIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN
GENERAL
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0212-2016/CEB-INDECOPI del 20 de
abril de 2016 que declaró barrera burocrática carente de razonabilidad la
restricción de horario de funcionamiento, contenida en el literal c) del artículo
55 de la Ordenanza 389-MM, que regula las Licencias de Funcionamiento,
Autorizaciones derivadas, Autorizaciones conexas y Autorizaciones
temporales en el distrito de Miraflores, y, en el Código 02-117 del Cuadro de
Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad, aprobado por
Ordenanza 376-MM, y, materializada en la Resolución de Sanción
Administrativa 2998-2013-SGFC-GAC/MM, Resolución 631-2015-GAC/MM,
Resolución de Sanción Administrativa 2679-2013-SGFC-GAC/MM y
Resolución de Sanción Administrativa 3138-2013-SGFC-GAC/MM.
La razón es que, a lo largo del presente expediente, no se presentó
documentación que sustente que la entidad denunciada haya: (i) evaluado los
costos y beneficios que la restricción podría generar en los agentes
económicos y en los ciudadanos, ni (ii) realizado una evaluación de otras
posibles medidas menos gravosas para solucionar el problema alegado
vinculado a los ruidos molestos.
Asimismo, se CONFIRMA la Resolución 0212-2016/CEB-INDECOPI del 20 de
abril de 2016 en el extremo que dispuso la inaplicación de la barrera
burocrática declarada carente de razonabilidad a favor de Torres López S.R.L.
Lima, 02 de febrero de 2017
I. ANTECEDENTES
1. El 30 de diciembre de 2015
1
, Torres López S.R.L. (en adelante, la denunciante)
denunció a la Municipalidad Distrital de Miraflores (en adelante, la
Municipalidad) ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del
Indecopi (en adelante, la Comisión), por la presunta imposición de una barrera
burocrática ilegal y/o carente de razonabilidad consistente en la restricción
1
Complementado por escrito del 8 de febrero de 2016.
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 0056-2017/SDC-INDECOPI
EXPEDIENTE 00442-2015/CEB
M-SDC-02/1A 2/29
horaria de funcionamiento de su establecimiento, contenida en el literal c) del
artículo 55 de la Ordenanza 389-MM
2
y en el Código 02-117 del Cuadro de
Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad, aprobado por
Ordenanza 376-MM
3
, y materializada en la Resolución de Sanción
Administrativa 2998-2013-SGFC-GAC/MM, Resolución 631-2015-GAC/MM,
Resolución de Sanción Administrativa 2679-2013-SGFC-GAC/MM y la
Resolución de Sanción Administrativa 3138-2013-SGFC-GAC/MM.
2. La denunciante señaló
4
lo siguiente:
(i) Mediante Resolución Directoral 002296
5
del 21 de noviembre de 2003, la
Municipalidad le autorizó para desarrollar la actividad de Restaurante
pub con presentación de espectáculos en vivo y le otorgó el Certificado
de Autorización Municipal de Apertura y Funcionamiento 036994
6
, para
2
ORDENANZA 389-MM. ORDENANZA QUE REGULA LAS LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO,
AUTORIZACIONES DERIVADAS, AUTORIZACIONES CONEXAS Y AUTORIZACIONES TEMPORALES EN EL
DISTRITO DE MIRAFLORES (Modificada por la Ordenanza 406-MM).
Artículo 55.- Horarios de funcionamiento.
Se deberán considerar los siguientes horarios, que regirán el funcionamiento tanto de establecimientos con Licencia
de Funcionamiento en actividad como para los establecimientos nuevos:
(…)
c) Horario Especial, el cual se otorga en adición al horario ordinario y que regirá de domingo a jueves desde las
20:00 horas hasta las 01:00 horas del día siguiente, y los días viernes, sábado y vísperas de feriados desde las
20:00 horas hasta las 03:00 horas del día siguiente. Será aplicable únicamente al desarroll o de los siguientes
giros:
* Restaurantes con venta de licor.
* Cines, teatros y salas de convenciones.
El desarrollo de los giros de discotecas - pubs, karaokes, salas de recepción y baile, no comprende el horario ordinario,
debiendo darse inicio de sus actividades a partir de las 20:00 horas y dentro de los límites antes indicados. De domingo
a jueves hasta las 01:00 horas del día siguiente y los días viernes, sábado y vísperas de feriados hasta las 03:00
horas del día siguiente.
3
ORDENANZA 376-MM. ORDENANZA QUE APRUEBAN RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES
ADMINISTRATIVAS DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES (Modificada por la Ordenanza 389-MM).
Artículo Cuarto.- Aprobar el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas, el mismo que en anexo forma parte
integrante de la presente Ordenanza, quedando sin efecto el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas
aprobado mediante la Ordenanza Nº 148 y sus modificatorias.
CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS (CISA) DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
COD
DESCRIPCIÓN DE LA
INFRACCION
MULTA EN PROPORCION A LA UIT VIGENTE
MEDIDA Y/O SANCIÓN
COMPLEMENTARIA
CATEGORIA
II
CATEGORIA
III
CATEGORIA
IV
CATEGORIA
V
02. COMERCIALIZACIÓN
02-100 LICENCIAS
2-117
Por desarrollar sus
actividades fuera del
horario establecido en la
Ordenanza Nº 389-MM
0.50
0.50
0.50
Clausura Temporal
(Fuente: http://www.miraflores.gob.pe/Gestorw3b/files/pdf/5222-8462-cisa_376.pdf. Visualizado el 1 de febrero de
2017)
4
Además, la denunciante solicitó el dictado de una medida cautelar con la finalidad de que la Municipalidad se abstenga
de aplicarle la barrera burocrática denunciada.
5
Ver foja 104 del expediente.
6
Ver foja 25 del expediente.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR