RESOLUCION JEFATURAL, Nº 55-2017/JNAC/RENIEC, ORGANOS AUTONOMOS, REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL - Autorizan apertura de Punto de Atención en el distrito de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque-RESOLUCION JEFATURAL-Nº 55-2017/JNAC/RENIEC

EmisorREGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Fecha de la disposición19 de Abril de 2017

Lima, 19 de abril de 2017

VISTOS: El Oficio Nº 589-2016-MDO/A (10OCT2016) emitido por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque; el Informe Nº 000045-2016/GOR/JR1PIU/RENIEC (11NOV2016) de la Jefatura Regional 1 – Piura de la Gerencia de Operaciones Registrales; la Hoja de Elevación Nº 000025-2017/GOR/RENIEC (31ENE2017) y el Informe Nº 000007-2017/GOR/RENIEC (31ENE2017) de la Gerencia de Operaciones Registrales; el Memorando Nº 000120-2017/GG/RENIEC (10FEB2017) de la Gerencia General; la Hoja de Elevación Nº 000062-2017/GPP/RENIEC (03MAR2017) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 000632-2017/GPP/SGP/RENIEC (01MAR2017) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 000024-2017/GPP/SGPL/RENIEC (03MAR2017) de la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 000075-2017/GAJ/SGAJR/RENIEC (09MAR2017) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación Nº 000143-2017/GAJ/RENIEC (09MAR2017) de la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;

Que el artículo 11° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la población, creando las dependencias que fueren necesarias;

Que en ese mismo sentido, los artículos 11° y 13° del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-98-PCM, establecen que cada oficina registral estará dotada...

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