Sentencia nº 458-2017/SPC de Sala Especializada en Protección al Consumidor, 30 de Enero de 2017

Fecha de Resolución30 de Enero de 2017
EmisorSala Especializada en Protección al Consumidor
Expediente000038-2016/CPC-INDECOPI-CUS
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Protección al Co nsumidor
RESOLUCIÓN 0458-2017/SPC-INDECOPI
EXPEDIENTE 038-2016/CPC-INDECOPI-CUS
M-SPC-13/1B 1/5
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE CUSCO
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : EFRAÍN MATAMOROS ANCHARI
DENUNCIADA : CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE
AREQUIPA S.A.
MATERIAS : TEMAS PROCESALES
IMPROCEDENCIA. PRESCRIPCIÓN
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se revoca la resolución venida en grado que declaró improcedente
por prescripción la denuncia interpuesta por el señor Efraín Matamoros
Anchari contra Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A., por no
cumplir con devolver las cuotas del crédito pagadas entre el 25 de febrero de
2013 y el 24 de enero de 2014, luego de que se hiciera efectiva la cobertura del
seguro de desgravamen respectivo; y, reformándola, se declara procedente la
misma, en tanto no había transcurrido el plazo de dos (2) años desde la
realización de tal conducta, por lo que la potestad sancionadora de la
administración pública no había prescrito.
Lima, 30 de enero de 2017
ANTECEDENTES
1. El 15 de marzo de 2016, el señor Efraín Matamoros Anchari (en adelante, el
señor Matamoros) denunció a Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa
S.A.
1
(en adelante, la Caja), ante la Comisión de la Oficina Regional del
Indecopi de Cusco (en adelante, la Comisión), por presunta infracción de la
Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el
Código), señalando lo siguiente:
(i) El 21 de marzo de 2013, su madre, la señora Amalia Anchari de
Matamoros, falleció;
(ii) con fecha 21 de marzo de 2013, el señor Matamoros comunicó dicho
hecho a la Caja, entidad con la cual su madre tenía contratado un crédito
por la suma de S/. 40 000,00, pagadero en 36 cuotas mensuales de
S/ 1 587,35, identificado con número *****4823, solicitando la cobertura
del seguro de desgravamen respectivo;
(iii) no obstante, el personal de la Caja que lo atendió en dicho trámite, le
indicó que debía seguir pagando las cuotas del crédito hasta que se
hiciera efectiva la cobertura del seguro respectivo, asegurándole que
luego de ello se le devolvería el monto cancelado desde la ocurrencia del
siniestro; y,
1 Identificado c on RUC 20100209641 y con domicilio Fiscal en calle La Merced 106, Urb. Cercado, Arequipa, Arequipa,
Arequipa.

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