Sentencia nº 293-2017/SPC de Sala Especializada en Protección al Consumidor, 23 de Enero de 2017

Fecha de Resolución23 de Enero de 2017
EmisorSala Especializada en Protección al Consumidor
Expediente64-2015/SIA-CPC-INDECOPI-LOR
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 0293-2017/SPC-INDECOPI
EXPEDIENTE 064-2015-SIA/CPC-INDECOPI-LOR
M-SPC-13/1B 1/13
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LORETO
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADA : ASOCIACIÓN DE COLEGIOS PARROQUIALES DE
IQUITOS Y PUNCHANA
MATERIA : SERVICIOS EDUCATIVOS
ACTIVIDADES : ENSEÑANZA PREESCOLAR Y PRIMARIA
ENSEÑANZA SECUNDARIA DE FORMACIÓN
GENERAL
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado en el extremo que halló
responsable a Asociación de Colegios Parroquiales de Iquitos y Punchana,
por infracción de los artículos 18° y 19° del Código de Protección y Defensa
del Consumidor, toda vez que quedó acreditado que omitió vigilar que el
quiosco a cargo de la señora Martha Gonzales Ramírez de Guerra cumpliera
con las normas de salubridad contempladas en la normativa sectorial
pertinente.
SANCIÓN: 0,50 UIT
Lima, 23 de enero de 2017
ANTECEDENTES
1. El 27 de marzo de 2015, conjuntamente con representantes de la Dirección
Regional de Salud (en adelante, Diresa), el Indecopi realizó una diligencia de
inspección en IEPIPSM N° 60019 San Martín de Porres
1
(en adelante, el
Colegio). En la referida diligencia se levantó el acta correspondiente,
dejándose constancia de la existencia de un quiosco en el nivel secundario
del centro educativo. En dicho quiosco, que se encontraba a cargo de la
señora Martha Gonzales Ramírez de Guerra (en adelante, la señora
Gonzales), se apreció lo siguiente:
Del Quiosco:
(i) Contaba con otro ambiente, donde se realizaban venta de alimentos, el
cual se encontraba ubicado cerca al área de preparación, cuyo piso
presentaba rugosidad en ciertas áreas y uno de los sumideros no
presentaba rejilla de protección; y,
(ii) se evidenció presencia de moscas y salamandra.
1 En fojas 25 y 26 d el expediente.

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