Sentencia nº 607-2016/SDC de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 25 de Noviembre de 2016

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2016
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente100-2016/CEB
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 0607-2016/SDC-INDECOPI
EXPEDIENTE 0100-2016/CEB
M-SDC-02/1A 1/13
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIADA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN
PRESUNTO
INFRACTOR : JORGE AUGUSTO ROJAS CARAMUTTY
1
(GERENTE DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN)
MATERIA : BARRERAS BUROCRÁTICAS
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN
GENERAL
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0201-2016/CEB-INDECOPI del 15 de
abril de 2016 en el extremo que declaró que la Municipalidad Distrital de Ancón
incumplió lo dispuesto en el artículo 61 del Decreto Legislativo 776, Ley de
Tributación Municipal, debido a que exigió el pago de una tasa por el concepto
de estacionamiento vehicular como condición de ingreso a “Playa Hermosa
durante la temporada de verano 2016.
En consecuencia, siendo que el infractor no formuló recurso de apelación y
que se ha determinado la ilegalidad del cobro cuestionado, se CONFIRMA la
Resolución 0201-2016/CEB-INDECOPI en el extremo que sancionó al señor
Jorge Augusto Rojas Caramutty, en su calidad de Gerente de Administración
Tributaria y Rentas de la Municipalidad Distrital de Ancón con una multa
ascendente a 0,38 UIT.
SANCIÓN: 0,38 UIT
Lima, 25 de noviembre de 2016
I. ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 0143-2016/STCEB-INDECOPI del 4 de marzo de 2016,
la Secretaría Técnica de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
(en adelante, la Comisión) inició un procedimiento contra la Municipalidad
Distrital de Ancón (en lo sucesivo, la Municipalidad) por el presunto
incumplimiento del artículo 61 del Decreto Legislativo 776, Ley de Tributación
Municipal. Asimismo, identificó como presunto responsable de dicho
incumplimiento al señor Jorge Augusto Rojas Caramutty (en adelante, el señor
Rojas), en su calidad de Gerente de Administración Tributaria y Rentas de la
Municipalidad.
2. En la referida resolución, la Comisión señaló lo siguiente:
1
Documento Nacional de Identidad: 16592346.

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