Sentencia nº 294-2016/SDC de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 6 de Junio de 2016

Fecha de Resolución 6 de Junio de 2016
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente225-2015/CEB
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenDefensadelaCompetencia
RESOLUCIÓN02942016/SDCINDECOPI
EXPEDIENTE02252015/CEB
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS   
BUROCRÁTICAS
DENUNCIANTE : MARIOPINEDOVÁSQUEZ
DENUNCIADO : MINISTERIO DE TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
MATERIAS : BARRERASBUROCRÁTICAS
LEGALIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ENGENERAL
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 04972015/CEBINDECOPI del 18 de
noviembre de 2015, en el extremo que declaró fundada la denuncia y, en
consecuencia, barrera burocrática ilegal
la imposición de un límite máximo
de tres (3) años de antigüedad de los vehículos para acceder al servicio de
transporte público de mercancías,
establecida en el artículo 25.2.1 del
Decreto Supremo 0172009MTC, Reglamento Nacional de Administración de
Transporte y en el procedimiento 31 denominado “Otorgamiento de
autorización para prestar servicio de transporte de mercancía en general” del
Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de
TransportesyComunicaciones.
La ilegalidad radica en que la prohibición cuestionada vulnera el artículo 5 de
la Ley 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, dado que el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones no acreditó haber elaborado un
informe previo que justifique su imposición, pese a que constituye un
cambioenlasreglasdejuegoenmateriadetransporte.
Lima,6dejuniode2016
I. ANTECEDENTES
1. El 15 de julio de 2015, el señor Mario Pinedo Vásquez (en adelante, el       
denunciante) presentó una denuncia contra el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones (en adelante, el Ministerio) ante la Comisión de Eliminación
de Barreras Burocráticas (en adelante, la Comisión) por una presunta barrera
burocrática ilegal y/o carente de razonabilidad, consistente en la imposición
de un límite máximo de tres (3) años de antigüedad de los vehículos para
acceder al servicio de transporte público de mercancías, establecida en el
artículo 25.2.1 del Decreto Supremo 0172009MTC, Reglamento Nacional
de Administración de Transporte (en adelante, RNAT) y en el procedimiento    
1 2
1DECRETOSUPREMO0172009MTC.REGLAMENTONACIONALDEADMINISTRACIÓNDETRANSPORTE
Artículo3.Definiciones
ParaefectosdelaaplicacióndelasdisposicionescontenidasenelpresenteReglamento,seentiendepor:
MSDC02/1A
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TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenDefensadelaCompetencia
RESOLUCIÓN02942016/SDCINDECOPI
EXPEDIENTE02252015/CEB
31 denominado “Otorgamiento de autorización para prestar servicio de     
transporte de mercancía general” del Texto Único de Procedimientos   
Administrativos(enadelante,TUPA)delMinisterio.
2. Eldenuncianteseñalólosiguiente:

(i) Cuenta con un vehículo de placa S1S819 clase N3, de la marca Volvo
con el cual desea acceder al servicio de transporte público de
mercancías.
(ii) A través del artículo 25.2.1 del RNAT y el Procedimiento 31 del TUPA
del Ministerio, se ha establecido un límite máximo de antigüedad de tres
(3) años para los vehículos que deseen acceder al mercado de
transportedemercancías.
(iii) La barrera burocrática cuestionada vulnera el artículo 5 de la Ley
27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre debido a que el
3
(…)
3.68 Servicio de Transporte de Ámbito Nacional: Aquel que se realiza para trasladar personasentre ciudades o      
centros poblados de provincias pertenecientes a regiones diferentes. Para lo cual el centro poblado no debe
hallarse dentro del área urbana del distrito al cual pertenecen y deberá tener como un mínimo de mil habitantes  
mayoresdeedaddomiciliadosenelmismoyestardebidamenteregistradosenlaRENIEC.
Asimismo, el servicio de transporteterrestre de mercancíases consideradocomo servicio detransporte terrestre de          
ámbitonacional.Dichoserviciosepodrárealizarenlosámbitosregionalyprovincial.
(…)
Cabe señalar que tantouna persona naturalcomo una personajurídica puedensolicitar, y porende, ser titularesde         
una autorización que los habilite a prestar el servicio de transporte, ello de acuerdo con lo señalado en el numeral
37.1delartículo37delRNAT,conformeseapreciaacontinuación:
DECRETO SUPREMO 0172009MTC. REGLAMENTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE
TRANSPORTE
Artículo37.Condiciones
Las condiciones legales básicas que se debe cumplir para acceder y para permanecer como titularde una
autorizaciónparaprestarserviciodetransportepúblicooprivadosonlassiguientes:
37.1
Serpersonanaturalcapaz
opersonajurídicadederechoprivadoinscritaenlosRegistrosPúblicos.
(Subrayadoagregado)
(...)”
(Subrayadonuestro)
2DECRETOSUPREMO0172009MTC.REGLAMENTONACIONALDEADMINISTRACIÓNDETRANSPORTE.
 Artículo25.Antigüedaddelosvehículosdetransporteterrestre
(...)
25.2 La antigüedad máxima de acceso y permanencia de un vehículo al servicio de transporte público de          
mercancíasserálasiguiente:
25.2.1 La antigüedad máxima de acceso al servicio para la unidad motriz será de tres (3) años, contados a partir del
1 de enero del año siguiente al de su fabricación. Los remolques y semirremolques notienen antigüedad máxima      
deingreso(...).
3LEY27181.LEYGENERALDETRANSPORTEYTRÁNSITOTERRESTRE.
 Artículo5.Delapromocióndelainversiónprivada
5.1 El Estado promueve la inversión privada en infraestructura y servicios de transporte, en cualesquiera de las
formasempresarialesycontractualespermitidasporlaConstituciónylasleyes.
5.2 El Estado garantiza la estabilidad de las reglas y el trato equitativo a los agentes privados de manera que no se
alteren injustificadamente las condiciones de mercado sobre la base de las cuales toman sus decisionessobre
MSDC02/1A
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