Sentencia nº 527-2016/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 19 de Mayo de 2016

Fecha de Resolución19 de Mayo de 2016
EmisorSala Especializada en Procedimientos Concursales
Expediente33-2010/CCO-INDECOPI-01-2229
RESOLUCIÓN N° 0527-20161SCO-INDECOPI
,
-
Presidencia
tdel Consejo de Ministros
óA~ ,
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Procedimientos Concursales
EXPEDIENTE N° 33-20101CCO-INDECOPI·01-2229
PROCEDENCIA COMISiÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DE LA SEDE CENTRAL DEL INDECOPI
DOE RUN PERÚ S.R.L. EN LIQUIDACiÓN
FÉLIX LlMACHE MEDINA
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS LABORALES
FUNDICiÓN DE METALES NO FERROSOS
DEUDOR
ACREEDOR
MATERIA
ACTIVIDAD
SUMILLA:
se
REVOCA la Resolución N° 3632-2015/CCO-INDECOPI del
18
de
mayo de 2015, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de
reconocimiento de créditos presentada por el señor Félix Limache Medina
frente
a
Doe Run Perú S.R.L. en Liquidación, derivados del saldo de
asignación familiar
y
de los reintegros de la asignación familiar en las
gratificaciones, la compensación por tiempo de servicios
y
el descanso
vacacional, devengados desde el
01
de marzo de
1999
hasta el
24
de mayo
de 2012
y
desde el
05
de julio de 2013 hasta el
23
de septiembre de 2014;
y,
reformándola,
se
ADMITE A TRÁMITE la referida solicitud
y,
en
consecuencia,
se
DISPONE que la Comisión de Procedimientos Concursales
de la Sede Central del Indecopi emita un pronunciamiento al respecto,
teniendo en cuenta los criterios expuestos en la presente resolución.
De otro lado,
se
CONFIRMA la resolución recurrida, por los fundamentos
expuestos en el presente pronunciamiento, en el extremo que declaró
improcedente la solicitud de reconocimiento de créditos presentada por el
señor Félix Limache Medina frente
a
Doe Run Perú S.R.L. en Liquidación,
derivados del saldo de asignación familiar
y
de los reintegros de la
asignación familiar en las gratificaciones, la compensación por tiempo de
servicios
y
el descanso vacacional, devengados desde el
25
de mayo de
2012 hasta el
04
de julio de 2013 y desde el
24
de septiembre de 2014 hasta el
30 de noviembre de 2014.
Lima, 19 de mayo de 2016
1. ANTECEDENTES
1. Mediante escrito del 12 de enero de 2015, el señor Félix Limache Medina
1
(en adelante, el solicitante) invocó ante la Comisión de Procedimientos
Concursales de la Sede Central del Indecopi (en adelante, la Comisión) el
reconocimiento de créditos de origen laboral frente a Doe Run Perú S.R.L. en
Liquidación2(en adelante, Doe Run), ascendentes a SI 12 096,30 por
Representado por el Sindicato Unitario de Trabajadores de la Unidad Minera Doe Run Perú S.R.L. - Cobriza
División (en adelante, Sindicato de Trabajadores de Cobriza).
Mediante Resolución N° 4985-2010/CCO-INDECOPI del 14 de julio de 2010, la Comisión dedaró el inicio del
M-SCO-07/01
1/14
INS71TUTO NACIONAL DE DEFENSA DE
LA
COMPETENCIA Y DE
1.4
PROTECCIÓN DE
1.4
PROPIEDAD INTELECTUAL
Calle De la Prosa 104, San Borja, Lima
41 -
Perú /
Telf.:
224
7800
e-mail: postmaster@indecopi.gob.pe / Web: .WWW.indecopi.gob.pe

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