Sentencia nº 15-2016/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 7 de Enero de 2016

Fecha de Resolución 7 de Enero de 2016
EmisorSala Especializada en Procedimientos Concursales
Expediente33-2010/CCO-INDECOPI-01-2328
l
Presidencia
del Consejo de Ministros INDECOPI
TRIBUNAL
DE
DEFENSA D E
LA
COMPETENCIA
Y DE
LA
PROPIE
DAD
IN
TELECTUA L
Sa
la Esp
ecializada
en
Pr
ocedimie
n
tos
Concur
sa/es
PROCEDENCIA
DEUDOR
ACREEDOR
MATERIA
ACTIVIDAD
RESOLUCIÓN
N"
0015-2016/SCO-
/N
DE
COP/
EXPE
DI
E
NT
E N • 033-2010/CCO-/ND ECOP/-01-2328
COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DE
LA SE
DE
CENTRAL DEL INDECOPI1
DOE
RU
N PERÚ S.R.
L.
EN
LIQUIDACIÓN
RUBÉN ÁNGEL SEGAMA LIZANA
RECONOCIMIENTO
DE
CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
FUNDICIÓN
DE
METALES NO FERROSOS
SUMILLA:
se
REVOCA la
Resolución
No
3804-2015/CCO-/NDECOP/
de/18
de
mayo
de 2015, en
el
extremo
que
declaró
improcedente
la
solicitud
de
reconocimiento
de
créditos
presentada
por
el
señor
Rubén
Ángel
Segama
Lizana frente a
Doe
Run
Perú
S.R.L.
en
Liquidación,
derivados
del
saldo
y
de
Jos
reintegros
por
asignación
familiar
que
debieron
ser
considerados
en
el
cálculo
de las
gratificaciones
, la
compensación
por
tiempo
de
servicios
y
el
descanso
vacacional
devengados
desde
el
01
de
marzo
de
1999
hasta
el
23
de
septiembre
de 2014; y,
reformándola,
se
DISPONE
que
la
Comisión
de
Procedimientos
Concursa/es
de la Sede
Central
del
lndecopi
emita
un
pronunciamiento
al
respecto,
teniendo
en
cuenta
Jos
criterios
expuestos
en
la
presente
resolución,
toda vez
que
se
ha
determinado
que
el
solicitante
tiene
derecho
a
percibir
los
referidos
saldos
y
reintegros
invocados
,
conforme
a
Jo
establecido
por
la
Ley
No
25129 y
el
Decreto
Supremo
No 035-90-
TR.
De
otro
lado
,
por
los
fundamentos
expuestos
en
el
presente
pronunciamiento
,
se
CONFIRMA
Resolución
No
3804-2015/CCO-/NDECOP/
en
el
extremo
que
declaró
improcedente
la
solicitud
de
reconocimiento
de
créditos
presentada
por
el
señor
Rubén
Ángel
Segama
Lizana
frente
a
Doe
Run
Perú
S.R.L. en
Liquidación,
derivados
del
saldo
y
Jos
reintegros
por
asignación
familiar
que
debieron
ser
considerados
en
el
cálculo
de
las
gratificaciones,
la
compensación
por
tiempo
de
servicios
y
el
descanso
vacacional
devengados
desde
el
24
de
septiembre
de 2014
hasta
el
30 de
noviembre
de 2014,
debido
a
que
tales
créditos
no
son
pasibles
de
reconocimiento
al
haberse
devengado
con
posterioridad
a la fecha de
Med
ia
nte Decreto Legislativo N" 1189, publicado
en
el dia
ri
o oficiai"EI Peruano" el21 de agosto de 2015, el cual
enten vigencia a
lo
s sesenta (60) as cale ndarios siguientes a
su
publicación, esto es, el 20 de octubre d e
201
5,
se
modi
fi
el texto del arti
culo
1 de
la
Ley General del Sistema Concursa!, en los sigui
en
te
s términos:
LEY GENERAL DEL SISTEMA CONCURSAL.
Art
í
culo
1
Glosario
.
Para efectos
de
la
aplicación de
las
normas de
la
Ley,
se
te
ndrán
en
cuenta
las
siguientes defin
ici
ones:
(
...
)
b) Comis
ión.
· La Comisión de Procedimientos Concursales de la Sede Centra l y las Comisi
on
es
de
Procedimientos Concursales Descon
ce
ntradas en la Ofi
ci
n
as
del INDECOPI.
(
...
)
M-
SC0-07
/
01
1/
22
INSTITliT
O NACIONAL
DE
DEFENSA DE
LA
COMPET
EN
CIA Y
DE
LA
PROTECC
IÓN
PE
LA
PROPIEDAD
INTELE
CTUAL
Calle
De
la
Prosa
104,
San Borja, L
ima
41-
Perú
1 Telf:
22
4
7800
e-
mail:
p
os
tmast
er@i
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gob
.
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:
'WWV.!.
in
decopi.gob
,
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....
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~
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Presidencia
del Consejo de Ministros INDECOPI
TRIBUNAL
DE DEFENSA
DE
LA
COMPETENCIA
Y
DE
LA
PROPIE
DAD
INT
ELEC
TUAL
Sala
Especializada
en
Pro
ce
dim
ie
ntos
Concursa/es
RESOLUCIÓN N" 0015-2016/SCO-INDECOP/
EXPEDIENTE
N"
033-2010/CCO-/NDECOP/-01-2328
suscripción
del
convenio
de
liquidación
en
marcha
de
Doe
Run
Perú
S.R.L.
en
Liquidación,
esto
es
luego
del24
de
septiembre
de 2014.
Lima, 07 de enero de 2016
l.
ANTECEDENTES
1.
Mediante escrito del 12 de enero de 2015, el señor Rubén Ángel Segama
Lizana2 (en adelante,
el
solicitante) invocó ante
la
Comisión de
Procedimientos Concursales de
la
Sede Central del lndecopi (en adelante,
la
Comisión) el reconocimiento de créditos de origen laboral frente a Doe Run
Perú S.R.L. en Liquidación3 (en adelante, Doe Run) ascendentes a SI. 12
324,35 por concepto de capital e intereses derivados del saldo y los
reintegros por asignación familiar que debieron ser considerados en el
cálculo de las gratificaciones, la compensación por tiempo de servicios (en
adelante, CTS) y el descanso vacacional, devengados desde el
01
de marzo
de 1999 hasta
el
30 de noviembre de 2014, conforme a lo señalado en el
siguiente cuadro:
10%dala
Reintegro
Rafntegro
Monto
total
Total
MONTO
PERIODOS
.
RltiV
Monto
deAF
Ralt!tagro
Reintegro
O.sunso
da
deuda
Jntwres TOTAL
con
Pag~tdo
Gtatific
. CTS la />orales
~·ble
devengado
Vauclonel
SI.
(SI.)
Interesas
SI.
1999
SI
. 34.50 SI.
28
.
72.
SI
. 316.
28
SI
.
52
.
71
SI
. 26.35 SI. 31.
72
Sl
.
427
.
06
S/
. 231.
06
S/
.
658
.
12
2000
Sl
.
41
.
00
SI
.
37.20
Sl
.
-4-41
.
80
SI
. 73.
63
SI
.
36
.
80
SI
.
37
.
99
SI
.
590.23
SI
.
263
.
73
SI.
853.96
2001
Sl
.
41.00
SI
.
40
.
84
S/
.
45
1.
36
SI
. 75.23
SI
.
37
.
60
SI
.
37
.72 51 .601.
90
SI
.
217
.
53
SI
.
819
.
43
2002
SI. 41.
00
SI
.
4o4A8
S/
.
447
.
52
SI
.
74.59
SI
.
37
.
28
SI
.
37
.
40
SI
.
596
.
79
SI
.
186.10
Sl
.
782
.
89
2003
Sl.46
.
00
Sl
.
47
.
0o4
SI.
484
.
96
SI
.
77
.
49
SI
.
38
.
73
Sl
.
4:1.
.06
Sl
.
62326
SI
.
173
.
65
SI.
796.91
2004
Sl
.
46
.
00
SI
.
47A;II
SI
.
504
.
32
SI
. 84.
05
SI.42.
D1
Sl
.
42
.
00
SI
.
672.46
SI
. f7'1 .
91
SI.
844
.3
!7
2005
Sl
.
46
.
00
Sl
.
99
.
52
SI
.
452A8
SI
. 75.41
Sl
.
37
.
69
SI
. 37.84
Sl
.
603
.42
SI
.
140
.02
SI.
743
.
45
2006
SI.
53.00
Sl
.
156
.
72
Sl
.-45228
SI
.
75
.
38
SI
.
37.137
Sl
.ll9.
50
SI
.
60o4
.
83
Sl
.
123.50
SI.
728
.
34
2007
Sl
.
53
.
00
Sl
.
165
.
02
Sl
.
470
.
98
SI
.
78
.
50
Sl
.
3923
SI
.
39
.
50
SI
.
628
.21
Sl
.
109
.74 SI.
737
.
96
2008
Sl
.
55
.
00
Sl
.
176
.
16
S/
.483.84
Sl
.
80
.
84
SI
.
40.30
SI
.
-40
.
75
SI.
845
.
53
Sl
.
92.60
Sf.
738
.
13
2009
SI
. 55.00
Sl
.
192.12
Sl
.-467.
88
SI
.
77
.
98
SI.
38.97
SI
.
39
.
46
Sl
.
624
.
29
SI
.
69
.
38
SI
.
693
.
68
2010
Sl
.
58
.
00
SI.209AO
Sl
.
453
.
60
SI
.
75
.
60
SI.
37
.
78
SI
.
39
.
55
Sl
.
606.53
SI
.
56
.83
S/.663
,
37
2011
Sl
.
67
.
50
SI.
228
.
00
Sl
.
520
.
00
SI.
86
.
67
51
.
43.32
SI
.
4TAO
Sl
.
697
.
38
SI
. !12.13
SI
.
749.~1
2012
SI.
75
.
00
SI
.
:1.48
.
-40
SI
.
614
.
10
SI
. 102.35 SI. 51.
15
SI
.
54
.
90
Sl
.
822
.
50
Sl
.
42.57
SI.
865.08
2.013 SI. 75.
00
SI
. 262.80
SI
.
6372D
Sl
.
10620
SI.
53
.
00
SI
.
53
.
10
Sl
.
849
.
58
SI
.
25
.47 SI.
875.05
201.
(30.
11.14)
SI
.
75
.
00
SI
.
253
.
07
Sl
.571.
93
SI
.
95.32
SI
. 47.64
Sl
.
5223
SI
.
767
.13
Sl
. 6.
99
SI.
774.12
MONTO
TOTAL
DE
AUTOLIQUIOACION
DE
REINTEG1'10 DE ASIGNACION FAMILIAR
51
.
12
,
324.35
Representado por el Sindicato Unitario de Trabajadores de
la
Unidad Minera Doe Run Perú S.R.L. -Cobr
iza
División.
Mediante Resolución N" 4985-2010/CCO-INDECOPI del
14
de julio de 2010,
la
Comisión declaró el inicio del
procedimiento concursa! ordinario de Doe Run .
El
16
de agosto de
201
O,
la
Comisión publicó
en
el diario oficial "
El
Peruano" el
aviso
de difusión del inicio del procedimiento concursa! ord inario de Doe Run.
El
27 de agosto de 2014,
la
junta de acreedores de Doe Run decid
someter a Doe Run a
un
proceso de
liquidación
en
marcha y
el
24 de septiembre de 2014, designó a Profit Consultoría e Inversiones S.A.
C.
como
entidad liquidadora suscribiendo el respectivo convenio de liquidación.
El
30 de octubre de 2015,
la
Junta de Acreedores de Doe Run, designó a Dirección Integral y Gestión de
Empresas S.A.C. - Dirige como nueva entidad liquidadora de
la
deudora y
se
aprobó y suscribió el respectivo
Convenio de Liquidación.
M-SC0-07/01
2/22
INSTITUTO NACIONAL
DE
DEFENSA
DE
LA
COMPETENCIA Y
DE
LA
PROTECCIÓN
PE
LA
PROPIEDAD INTELECTUAL
Calle
De
la
Pro
sa
104
, San Borja, Li
ma
41
-
Petú
1
Telf.
:
224
7800
e-mail:
pos
tm
aster@indecopi.gob.pe
1
Wéb
: www.ind
ecopi.go
b,pe

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