Sentencia nº 4-2016/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 5 de Enero de 2016

Fecha de Resolución 5 de Enero de 2016
EmisorSala Especializada en Procedimientos Concursales
Expediente33-2010/CCO-INDECOPI-01-2761
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TRIBUNAL
DE
DEFENSA D E
LA
COMPETENCIA
Y
DE
LA
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INTELECTUAL
Sala
Especializada
en
Procedimientos
Concursa/es
del
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PROCEDENCIA
DEUDOR
ACREEDOR
MATERIA
ACTIVIDAD
RESOLUCIÓN
N•
004-2016/SCO-/NDECOP/
EXPEDIENTE W 033-2010/CCO-/NDECOPI-01-2761
COMIS
N
DE
PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DE
LA SEDE CENTRAL DEL INDECOPI1
DOE RUN PERÚ S.R.L.
EN
LIQUIDACIÓN
FRITZ JAIME TOMÁS POMA
RECONOCIMIENTO
DE
CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
FU
NDICIÓN
DE
METALES NO FERROSOS
SUM/LLA:
se
REVOCA la
Resolución
No
3778-2015/CCO-/NDECOP/
del
18
de
mayo
de 2015,
en
el
extremo
que
declaró
improcedente
la
solicitud
de
reconocimiento
de
cr
éditos
presentada
por
el
señor
Fritz
Jaime
Tomás
Poma
frente
a
Doe
Run
Perú
S.R.L. en
Liquidación
,
derivados
del
saldo
de
asig
nación
familiar,
as
í
como
de
los
reintegros
por
asignación
familiar
que
debieron
ser
considerados
en
el
cálculo
de
las
gratificaciones
, la
Compensación
por
Tiempo
de
Servicios
y
el
descanso
vacacional
devengados
desde
el
01 de
mayo
de
2008
hasta
e/23
de
septiembre
de
2014;
y,
reformándola,
se
declara
FUNDADO
el
recurso
de
apelación
interp-uesto
por
el
señor
Fritz
Jaime
Tomás
Poma,
disponiéndose
que
la
Comisión
de
Procedimientos
Concursa/es
de la
Sede
Central
del
lndecopi
emita
un
pronunciamiento
al
respecto,
teniendo
en
cuenta
los
criterios
expuestos
en
la
presente
resolución,
toda
vez
que
se
ha
determinado
que
el
solicitante
tiene
dere
cho
de
percibir
los
referidos
saldos
y
reintegros
invocados
,
co
nforme
a
lo
establecido
por
la
Ley
No
25129 y
el
Decreto
Supremo
No
035-90-TR.
De
otro
la
do
,
por
los
fundamentos
expuestos
en
el
presente
pronunciamiento,
se
CONFIRMA la
Resolución
No 3778-2015/CCO-/NDECOP/
en
el
extremo
qu
e
declaró
improcedente
la
solicitud
de
reconocimiento
de
cré
ditos
pre
se
ntada
por
el
señor
Fritz
Jaime
Tomás
Poma
frente
a
Doe
Run
Perú
S.R.L. en
Liquidación,
derivados
del
saldo
por
asignación
familiar
,
así
como
de
los
reintegros
por
asignación
familiar
que
debieron
ser
considerados
en
el
cálculo
de
las
gratificaciones,
la
Compensación
por
Mediante Decreto Legislativo N" 1189, publicado en el diario oficial "El Peruano"
el
21
de agosto de 2015,
el
cual
entró en vigencia a los sesenta (60) días calendarios siguientes a
su
publica
ció
n, esto es,
el
20 de octubre de 2015,
se
modificó
el
texto del artículo 1 de
la
Ley General del Sistema Concursa!, en los siguientes términos:
LEY
GENERAL DEL SISTEMA CONCURS
AL.
Artículo
1.·
Glosario
.
Para efectos de
la
aplicación de las normas de
la
Ley,
se
tendrán en cuenta las siguientes definiciones:
(
...
)
b)
Comisión
.- La Comisión de Procedimientos Concursales de
la
Sede Central y las Comisiones de
Procedimientos Concursales Desconcentradas en
la
Oficinas
deiiNDECOPI.
( ... )
M-SC0-07/01
1/22
INSTITUTO
NACIONAL
DE
DEFENSA DE
LA
COMPETENCIA Y
DE
LA
PROT
ECC
N
PE
LA
PROPIEDAD
INTELECTUAL
Calle
De
la
Prosa
1
04,
S
an
Borja, L ima
41
- Pe
1 Telf:
224
7800
e-mail:
postmasler
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ndecopi.gob.pe
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opi.gob
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INDECOPI
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TRIBUNAL
DE
DEFENSA
DE
LA
COMPETENCIA
Y
DE
LA
PROPIEDAD
INTELECTUA
L
Sala
Especializada
en
Procedimientos
Concursa/es
RESOLUCIÓN N• 004-2016/SCO-/NDECOP/
EXPEDIENTE
N"
033-2010/CCO-INDECOPI-01-2761
Tiempo
de Se
rvicio
s y
el
descanso
vacacional
devengados
desde
el
24
de
sep
tiembr
e
de
2014
hasta
el
30
de
noviembre
de
2014,
debido
a
que
tales
créditos
no
son
pasibles
de
reconocimiento
al
haberse
devengado
con
posterioridad
a la
fecha
de
suscripción
del
convenio
de
liquidación
en
marcha
de
Doe
Run
, e
sto
es,
luego
del
24 de
septiembre
de
2014.
Lima, 05 de enero de 2016
l.
ANTECEDENTES
1.
Mediante escrito d
el
12 de enero de 2015,
el
señor Fritz Jaime Tomás Poma2
(en adelante,
el
solicitante)
in
vo
ante la Comisión de Procedimientos
Concursales de
la
Sede Central del lndecopi (en adelante,
la
Comisión)
el
reconocimiento de créditos de origen laboral frente a Doe Run Perú S.R.L.
en Liquidación3 (en adelante , Doe Run) ascendentes a S/ 5 839
,8
0 por
concepto de capit
al
e intereses derivados del saldo de asignación familiar,
así como de los reinteg
ro
s por asignación familiar que debieron
ser
considerados
en
el
cálculo de las gratificaciones, la Compensación por
Tiempo de Servicios (en adelante, CTS) y
el
descanso vacacional,
devengados desde
el
01
de mayo de 2008 hasta
el
30 de noviembre de
2014, conforme a
lo
señalado en
el
siguiente cuadro:
2009
SI. 56.00
SI
. 531.92
S/
.
44
.
31
SI. 78.85
2010
S/.
58
.00 S/.139.
60
SI.
52
.3.40 S/.
8723
S/.
~3
.
60
S/
.45.
70
S/
. 699.93 SI. 65.
56
SI.
765
.
50
2011 S/. 67.50 S/ . 152.00 S/. 596.
00
Si. 99.33 S/. 49.65 SI.
54
.10 SI. 799.
08
S/. 59.75 SI. 8S8.
8-4
2012
S/. 75.00 SI. 165 .60 S/.096.
90
S/
. 1
16
.
15
S/
.
5&.05
SI. 61.60 S/.932.70 S
I.
48.33 S/, 981 .
03
2013
S/. 75.00 S/.175.20 SI. n 4.
ao
S/
.1
20.
80
S/. 50.38
S/
.60.40
SI
. 966.38 S/. 28 .97
SI.
995.
35
201.(3ll
.
l1
.14) SI. 75.00
SI.
168.
71
S/
.656.29
SI.
109.38 SI. 54.61 SI. 59.82 SI. 880.16 SI. 888.
17
~-
MONTO
TOTAL!
bl:
AUToCJQÚIOACION
OE
REINTEGRO
DE
ASiGNACION FAMILIAR ' S/.
5;&3
,9.
80
Representado por el Sin dicato Unitario de Trabajadores de
la
Unidad Minera Doe Run Perú S.R.L . - Cobriza
División.
Mediante Resolución N" 4985-2010/CCO-INDECOPI del
14
de julio de 2010,
la
Comisión declaró el inicio del
procedimiento concursa! ordinario de Doe Run. E116 de agosto de 2010,
la
Comisión publicó en
el
diario oficial "
El
Peruano" el aviso de difusión del inicio del procedimiento concursa ! ordinario de Doe Run .
El
27 de agosto de 2014,
la
junta de acreedores de Doe Run decidió someter a Doe Run a un proceso de
liquidación en marcha y el 24 de septiembre de 2014 , designó a Profit Consultoría e Inversiones
SAC
. como
entidad liquidadora suscribiendo el respectivo convenio de liquidación .
El
30
de octubre de
20
1
5,
la
Junta de Acreedores de Doe Run, designó a Dirección Integral y Gestión de
Empresas
SAC
. - Dirige como nueva entidad liquidadora de
la
deudora y aprobó y suscribió el respectivo
Convenio de Liquidación .
M-SC0-07/01
2/22
INSTITUTO
NACIONAL
DE
DEFENSA
DE
lA
COMPETENCIA Y
DE
lA
PROTECCIÓN
DE
lA
PROPIEDAD
INTELECTUAL
Ca
ll
e
De
la
Pr
os
a 104, San Bo
rja,
Lima 41-
Perú
1
Te/f.
: 2
24
7800
e-mail
:
postmaster@in
d
ecopi.gob.
pe 1 t%b: www.
in
decopi.go
b.pe

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