Sentencia nº 722-2015/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 2 de Diciembre de 2015

Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2015
EmisorSala Especializada en Procedimientos Concursales
Expediente10-2011/CCO-INDECOPI-01-01
T
RIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProcedimientosConcursales
RESOLUCIÓNN°07222015/SCOINDECOPI
EXPEDIENTEN°0102011/CCOINDECOPI0101
PROCEDENCIA : COMISIÓNDEPROCEDIMIENTOSCONCURSALES
DELASEDECENTRALDELINDECOPI
1
DEUDOR : AMERICANMARFS.R.L.ENLIQUIDACIÓN
ACREEDOR :  JORGEMIHAJIRAVILLANUEVA
MATERIA :  RECONOCIMIENTODECRÉDITOS
 CRÉDITOSLABORALES
MANDATOJUDICIAL
ACTIVIDAD :VENTAMAYORITARIADEOTROSPRODUCTOS
SUMILLA: se SUSPENDEN los efectos de la Resolución
N° 01282012/SC1INDECOPI del 26 de enero de 2012, atendiendo a lo
ordenado por el Vigésimo Sexto Juzgado Contencioso Administrativo
Subespecialidad en Temas de Mercado de la Corte Superior de Justicia de
Lima,mediantelaResoluciónNúmeroDosdel09dejuliode2015.
Lima,02dediciembrede2015
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución N° 55652011/CCOINDECOPI del 20 de julio de 2011,
la Comisión de Procedimientos Concursales de la Sede Central del Indecopi
dispuso el registro como contingentes de los créditos invocados por el señor
Jorge Mihajira Villanueva (en adelante, señor Mihajira) frente a American
Marf S.R.L. en Liquidación (en adelante, American Marf), por la suma
ascendente a S/. 60 000,00 por concepto de capital, por considerar que tales
créditosseencontrabancontrovertidosjudicialmente.

2. Por Resolución N° 01282012/SC1INDECOPI del 26 de enero de 2012, la
Sala de Defensa de la Competencia N° 1 del Tribunal del Indecopi, órgano
que a dicha fecha ejercía el rol de segunda instancia administrativa en
materia concursal, revocó la Resolución N° 55652011/CCOINDECOPI y,
reformandola, reconoció la totalidad de los créditos invocados por el señor
Mihajira frente a American Marf, debido a que consideró que no existía
1Mediante Decreto Legislativo 1189, publicado en el diario oficial "El Peruano"el 21 de agosto de 2015, elcual           
entró en vigencia a los sesenta (60) días calendarios siguientes a su publicación, esto es, el 20 de octubre de 2015,
semodificóeltextodelartículo1delaLeyGeneraldelSistemaConcursal,enlossiguientestérminos:
LEYGENERALDELSISTEMACONCURSAL.Artículo1.Glosario.
ParaefectosdelaaplicacióndelasnormasdelaLey,setendránencuentalassiguientesdefiniciones:
(…)
b) Comisión. La Comisión de Procedimientos Concursales de la Sede Central y las Comisiones de       
ProcedimientosConcursalesDesconcentradasenlaOficinasdelINDECOPI.
(...)
MSCO08/01
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