Sentencia nº 3664-2015/SC2 de Sala Especializada en Protección al Consumidor, 23 de Noviembre de 2015

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2015
EmisorSala Especializada en Protección al Consumidor
Expediente592-2014/CC2
TRIBUN ALDED EFENSADELA COMPETENCIA
YDELAPROPIEDA DINT ELECTUAL
SalaEspecializadaen Protecciónal Consumido r
RESOLUCIÓN36642015/SPCINDECOPI
EXPEDIENTE5922014/CC2
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR   
SEDELIMASURN°2
PROCEDIMIENTO :DEPARTE
DENUNCIANTE : ZENOBIOTOLEDOGUILLENMESAGIL
DENUNCIADO : CENTRO EDUCATIVO PARTICULAR SEÑOR DE
LURENE.I.R.L.
MATERIA : APELACIÓN
ACTIVIDAD : SERVICIOEDUCATIVOS
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado en el extremo que
declaró fundada la denuncia interpuesta por el señor Zenobio Toledo Guillén
Mesagil por infracción de los artículos 18° y 19° del Código de Protección y      
Defensa del Consumidor, al haberse acreditado que un docente del Centro
Educativo Particular Señor de Luren E.I.R.L. condujo a los alumnos del cuarto
año de secundaria fuera de las instalaciones del centro educativo, sin contar
con la autorización del mismo ni de los padres de familia, ocasionándose en
dichomomentounaccidentequeinvolucróalhijodeldenunciante.
Igualmente, se confirma la resolución venida en grado en el extremo que
declaró fundada la denuncia interpuesta por el señor Zenobio Toledo Guillén
Mesagil por infracción de los artículos 18° y 19° del Código de Protección y
Defensa del Consumidor, al haberse acreditado que el Centro Educativo
Particular Señor de Luren E.I.R.L. no cumplió con entregar al denunciante el
certificado de estudios de su menor hijo, correspondiente al cuarto año de
nivelsecundaria.
SANCIÓN:
8UIT: Por haber conducido al menor fuera del establecimiento del centro  
educativosinlaautorizacióndelcolegioydelospadresdefamilia. 
1UIT: Pornoentregarelcertificadodeestudiosdelmenor.
Lima,23denoviembrede2015
ANTECEDENTES
1. El 12 de junio de 2014, el señor Zenobio Toledo Guillén Mesagil Renique (en
adelante, el señor Guillén) denunció ante la Comisión de Protección al
Consumidor  Sede Lima Sur N° 2 (en adelante, la Comisión) al Centro 
Educativo Particular Señor de Luren E.I.R.L. (en adelante, el Colegio) y al
1
1 RUC 20474583318. Domicilio fiscal en Calle Juan Crespo y Castillo Nro 2401 P.J. Mirones Bajos  Lima, de acuerdo        
conlainformaciónobtenidaenhttp://www.sunat.gob.pe.
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