Sentencia nº 353-2015/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 25 de Junio de 2015
Fecha de Resolución | 25 de Junio de 2015 |
Emisor | Sala Especializada en Defensa de la Competencia |
Expediente | 197-2014/CEB |
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenDefensadelaCompetencia
RESOLUCIÓN03532015/SDCINDECOPI
EXPEDIENTE01972014/CEB
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIANTE : RICARDOPANTOJAAGUIRRE
DENUNCIADO : GOBIERNOREGIONALDELIMA
TERCERO
ADMINISTRADO : MINISTERIO DE TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
MATERIA : BARRERASBUROCRÁTICAS
LEGALIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICAENGENERAL
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 04712014/CEBINDECOPI del 7
de noviembre de 2014, en el extremo que declaró barrera burocrática
ilegal la suspensión en el otorgamiento de nuevas habilitaciones
técnicas de infraestructura complementaria de transporte, materializada
en la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo
0172009MTC.
La ilegalidad radica en que la entidad que impone la barrera no ha
acreditado que exista una ley o mandato judicial que de manera
expresa la faculte a abstenerse de ejercer sus funciones
administrativas, o que se encuentre pendiente una cuestión
controvertida en sede judicial que deba ser resuelta de manera previa al
pronunciamiento de dicha entidad, por lo que la suspensión
contraviene lo dispuesto en los artículos 63.2, 64 y 106 de la Ley 27444
LeydelProcedimientoAdministrativoGeneral.
Lima,25dejuniode2015
I. ANTECEDENTES
1. El 17 de junio de 2014, el señor Ricardo Pantoja Aguirre (en adelante,
el denunciante) denunció al Gobierno Regional de Lima (en adelante, el
Gobierno Regional) ante la Comisión de Eliminación de Barreras
Burocráticas (en adelante, la Comisión) la presunta imposición de una
barrera burocrática ilegal y/o carente de razonabilidad originada en la
suspensión por parte del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
(en adelante, el MTC) de otorgar nuevas habilitaciones técnicas de
infraestructura complementaria de transporte en tanto no se aprueben
las normas complementarias al Decreto Supremo 0172009MTC,
Reglamento Nacional de Administración de Transportes (en adelante,
MSDC02/1A
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