Sentencia nº 334-2015/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 16 de Junio de 2015

Fecha de Resolución16 de Junio de 2015
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente206-2014/CEB
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenDefensadelaCompetencia
RESOLUCIÓN03342015/SDCINDECOPI
EXPEDIENTE002062014/CEB
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIANTE : ANGELUSPRODUCCIONESS.A.C.
DENUNCIADO : MINISTERIODETRANSPORTESYCOMUNICACIONES
MATERIA : BARRERASBUROCRÁTICAS
LEGALIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN
GENERAL
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 4732014/CEBINDECOPI del 7 de
noviembre de 2014, en el extremo en que la Comisión de Eliminación de
Barreras Burocráticas declaró fundada la denuncia de Angelus Producciones
S.A.C. y en consecuencia que la exigencia de las características establecidas
en el Anexo I de la Resolución Directoral 36342013MTC/15, modificada  
mediante Resolución Directoral 4302014MTC/15, constituía una barrera
burocráticailegal;yreformandolasedeclaraINFUNDADOladenuncia.
La razón es que, en el caso de las características especiales del circuito de
manejo, el Decreto Supremo 0402008MTC, Reglamento Nacional de Licencias
de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre
disponen de manera expresa que estas pueden ser establecidas por el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través de una resolución
directoral y que una vez aprobadas, las empresas deben adecuarse y cumplir
conlasmismas.
En consecuencia, dado que en el presente caso, Angelus Producciones S.A.C.
no cuestionó
la legalidad de los artículo 43 g), 53, 62 y la Sexta Disposición
Complementaria Transitoria del Decreto Supremo 0402008MTC, esta Sala
debe acatar lo dispuesto en dichos artículos, sin posibilidad de pronunciarse
sobre la legalidad de los mismos. Por tanto, respecto a este extremo de la
denuncia se tiene que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones cumplió
conlalegalidaddefondoydeforma.
Lima,16dejuniode2015
I. ANTECEDENTES
MSDC02/1A
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TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenDefensadelaCompetencia
RESOLUCIÓN03342015/SDCINDECOPI
EXPEDIENTE002062014/CEB
1. El 25 de junio de 2014
, Angelus Producciones S.A.C. (en adelante, la
1
denunciante) denunció al Ministerio de Transporte y Comunicaciones (en
adelante, el Ministerio) ante la Comisión de Eliminación de Barreras
Burocráticas (en adelante, la Comisión) por la imposición de una presunta
barrera burocrática ilegal y/o carente de razonabilidad consistente en la
exigencia de contar con las características especiales del circuito de manejo
establecidas en el Anexo I de la Resolución Directoral 36342013MTC/15,  
aprobadas en el artículo 1 de la referida resolución directoral, modificada por
Resolución Directoral 4302014MTC/15 del 31 de enero de 2014. Al respecto,
ladenuncianteseñalólosiguiente:
(i) Cuentan con una autorización otorgada por el Ministerio a través de la
Resolución Directoral 30542012MTC/15 emitida el 14 de agosto de
2012, la cual fue expedida cumpliendo lo establecido en los numerales
43.3y43.5delartículo43delDecretoSupremo0402008MTC.
(ii) El 18 de septiembre de 2013, el Ministerio aprobó la Resolución Directoral
36342013MTC/15, precisando cuales son las características especiales
del circuito de manejo con las que deben contar las escuelas de
conductores.
(iii) Las escuelas de conductores deberán cumplir con adecuarse a las
referidas características dentro de un plazo de noventa (90) días de
publicadalaResoluciónDirectoral36342013MTC/15.
(iv) Las características reguladas en el artículo 43.3 del Decreto Supremo
0402008MTC establece condiciones de acceso y no de permanencia,
las cuales promueven la creación de monopolios para unas pocas
escuelas que cuenten con el circuito de manejo y con las características
establecidas en la resolución directoral, que por conveniencias
económicasopordistribucióndehorariosensuusonoestánenalquiler.
(v) El Ministerio debió evaluar si las modificaciones correspondientes a las
características con las que deben contar las escuelas de conductores
pueden impactar negativamente en las empresas y en el servicio que
estasprestanpuesseestaríalimitandosucompetitividad.
(vi) La Resolución Directoral 36342013MTC/15 ha sido modificada por la
Resolución Directoral 4302014MTC/15 del 31 de enero de 2014,
1 El23dejuliode2014,presentóunescritoprecisandoladenunciainterpuesta.
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