Sentencia nº 292-2015/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 21 de Mayo de 2015
Fecha de Resolución | 21 de Mayo de 2015 |
Emisor | Sala Especializada en Defensa de la Competencia |
Expediente | 311-2014/CEB |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 292-2015/SDC-INDECOPI
EXPEDIENTE 311-2014/CEB
1/12
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIANTE : PROCEDIMIENTO INICIADO DE OFICIO
DENUNCIADA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS
MATERIAS : BARRERAS BUROCRÁTICAS
SUSTRACCIÓN DE LA MATERIA
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN
GENERAL
SUMILLA: Se declara la SUSTRACCIÓN DE LA MATERIA respecto a los dos
cuestionamientos iniciados de oficio por la Comisión de Eliminación de
Barreras Burocráticas consistentes en: (i) el establecimiento de un plazo de
tramitación de treinta (30) días hábiles y (ii) la aplicación de un régimen de
silencio administrativo negativo en el procedimiento denominado
“autorización de conexiones domiciliarias en áreas y vías de uso público”
contenido en el Texto Único de Procedimientos Administrativo- TUPA de la
Municipalidad Distrital de Chorrillos, aprobado por Ordenanza 056-MDCH y
publicado en el Portal Institucional de dicha entidad y en el Portal de
Servicios al Ciudadano y Empresas- PSCE.
La razón es que este Colegiado ha podido constatar que, durante la
tramitación ante esta instancia, la Municipalidad Distrital de Chorrillos
publicó la Ordenanza 255-A-MDCH en el diario oficial “El Peruano” el 14 de
noviembre de 2014, a través de la cual modificó su Texto Único de
Procedimientos Administrativos- TUPA, indicando lo siguiente: (i) el plazo
máximo de tramitación del procedimiento antes señalado es de cinco (5) días
hábiles; y, (ii) el silencio aplicable es el silencio administrativo positivo.
Asimismo, se ha acreditado que dicha información también obra en el TUPA
publicado en el Portal Institucional de la Municipalidad y en el Portal de
Servicios al Ciudadano y Empresas- PSCE. Por tanto, la materia
controvertida ha sido eliminada.
En atención a ello, se deja sin efecto el extremo de la Resolución 454-
2014/CEB-INDECOPI del 28 de octubre de 2014 que impuso una multa de 6,75
UIT a la Municipalidad Distrital de Chorrillos y se precisa que no corresponde
ordenar la publicación de la Resolución 454-2014/CEB-INDECOPI en el diario
oficial “El Peruano”.
Lima, 21 de mayo de 2015
I. ANTECEDENTES
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba