Sentencia nº 292-2015/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 21 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución21 de Mayo de 2015
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente311-2014/CEB
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 292-2015/SDC-INDECOPI
EXPEDIENTE 311-2014/CEB
1/12
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIANTE : PROCEDIMIENTO INICIADO DE OFICIO
DENUNCIADA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS
MATERIAS : BARRERAS BUROCRÁTICAS
SUSTRACCIÓN DE LA MATERIA
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN
GENERAL
SUMILLA: Se declara la SUSTRACCIÓN DE LA MATERIA respecto a los dos
cuestionamientos iniciados de oficio por la Comisión de Eliminación de
Barreras Burocráticas consistentes en: (i) el establecimiento de un plazo de
tramitación de treinta (30) días hábiles y (ii) la aplicación de un régimen de
silencio administrativo negativo en el procedimiento denominado
“autorización de conexiones domiciliarias en áreas y vías de uso público”
contenido en el Texto Único de Procedimientos Administrativo- TUPA de la
Municipalidad Distrital de Chorrillos, aprobado por Ordenanza 056-MDCH y
publicado en el Portal Institucional de dicha entidad y en el Portal de
Servicios al Ciudadano y Empresas- PSCE.
La razón es que este Colegiado ha podido constatar que, durante la
tramitación ante esta instancia, la Municipalidad Distrital de Chorrillos
publicó la Ordenanza 255-A-MDCH en el diario oficial “El Peruano” el 14 de
noviembre de 2014, a través de la cual modificó su Texto Único de
Procedimientos Administrativos- TUPA, indicando lo siguiente: (i) el plazo
máximo de tramitación del procedimiento antes señalado es de cinco (5) días
hábiles; y, (ii) el silencio aplicable es el silencio administrativo positivo.
Asimismo, se ha acreditado que dicha información también obra en el TUPA
publicado en el Portal Institucional de la Municipalidad y en el Portal de
Servicios al Ciudadano y Empresas- PSCE. Por tanto, la materia
controvertida ha sido eliminada.
En atención a ello, se deja sin efecto el extremo de la Resolución 454-
2014/CEB-INDECOPI del 28 de octubre de 2014 que impuso una multa de 6,75
UIT a la Municipalidad Distrital de Chorrillos y se precisa que no corresponde
ordenar la publicación de la Resolución 454-2014/CEB-INDECOPI en el diario
oficial “El Peruano”.
Lima, 21 de mayo de 2015
I. ANTECEDENTES

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR