Sentencia nº 294-2015/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 26 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución26 de Mayo de 2015
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente270-2014/CEB
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspeciali zadaenDefensadelaCompetencia
RESOLUCIÓN02942015/SDCINDECOPI
EXPEDIENTE02702014/CEB
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIANTE : PROCEDIMIENTOINICIADODEOFICIO
DENUNCIADA : MUNICIPALIDADDISTRITALDEANCÓN
1
MATERIA : BARRERASBUROCRÁTICAS
NULIDAD 
LEGALIDAD
GRADUACIÓNDELASANCIÓN
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICAENGENERAL
SUMILLA: se declara la NULIDAD de la Resolución
04352014/STCEBINDECOPI del 5 de agosto de 2014 en el extremo que
la Secretaría Técnica de la Comisión de Eliminación de Barreras
Burocráticas indicó que la barrera burocrática consistente en el
establecimiento del silencio administrativo negativo al procedimiento
denominado “Autorización y conformidad de obra para la construcción
de buzones de desagüe, buzones de inspección o derivación, pozos a
tierra”, consignado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos
(TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ancón, se encuentra
materializadaenlaOrdenanza0122003MDA.
La razón es que de la revisión del sitio web del diario oficial “El
Peruano” se advierte que antes del inicio del presente procedimiento, la
Municipalidad Distrital de Ancón modificó la calificación del régimen del
silencio administrativo establecido en el procedimiento cuestionado, de
negativo a positivo. Sin perjuicio de ello, se precisa que la barrera
burocrática indicada se mantiene contenida en el Portal Institucional de
dichaentidadyenelPortaldeServiciosalCiudadanoyEmpresas.
Por otro lado, se CONFIRMA la Resolución 04652014/CEBINDECOPI del
7 de noviembre de 2014, en el extremo que la Comisión de Eliminación
de Barreras Burocráticas declaró barrera burocrática ilegal, el
establecimiento del plazo de diez (10) días en el procedimiento
denominado “Autorización y conformidad de obra para la construcción
de buzones de desagüe, buzones de inspección o derivación, pozos a
tierra” consignado en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Ancón
aprobado por la Ordenanza 0122003MDA, publicado en su Portal
InstitucionalyenelPortaldeServiciosalCiudadanoyEmpresa.
La razón es que el artículo 5 del Decreto Legislativo 1014, señala que el
plazo máximo para la tramitación de solicitudes relacionadas con la
1 EntidadidentificadaconnúmerodeR.U.C.20131378468.
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YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
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EXPEDIENTE02702014/CEB
obtención de permisos que son necesarios para la prestación de
servicios públicos como agua potable y alcantarillado, transmisión y
distribución de electricidad, alumbrado público, gas natural es de cinco
(5)díashábiles.
Asimismo, se CONFIRMA la Resolución 04652014/CEBINDECOPI, en el
extremo que declaró barrera burocrática ilegal el silencio administrativo
negativo al que se encuentra sujeto el procedimiento denominado
“Autorización y conformidad de obra para la construcción de buzones
de desagüe, buzones de inspección o derivación, pozos a tierra”,
contenido en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Ancón publicado
en su Portal Institucional y en el Portal de Servicios al Ciudadano y
Empresas.
La ilegalidad radica en que el artículo 5 del Decreto Legislativo 1014
dispone que los procedimientos para la obtención de las autorizaciones
municipales relacionadas con la prestación de servicios públicos
indicados en el artículo referido, deben encontrarse calificados con
silencioadministrativopositivo.
En esa línea, se CONFIRMA la Resolución 04652014/CEBINDECOPI en
el extremo que declaró que la Municipalidad incurrió en una infracción,
tipificada en el numeral 4 del literal d) del artículo 26 BIS del Decreto Ley
25868, al verificarse la aplicación de la barrera burocrática ilegal
consistente en un plazo de diez (10) días en el procedimiento antes
referido.
Finalmente, teniendo en cuenta que en apelación, la Municipalidad
Distrital de Ancón no cuestionó la graduación de la sanción impuesta
por la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, se CONFIRMA
la Resolución 04652014/CEBINDECOPI en el extremo que impuso una
multa ascendente a tres coma ochenta y ocho (3,88) Unidades
ImpositivasTributariasalaMunicipalidadDistritaldeAncón.
SANCIÓN: TRES COMA OCHENTA Y OCHO (3,88) UNIDADES
IMPOSITIVASTRIBUTARIAS
Lima,26demayode2015
I. ANTECEDENTES
1. Mediante Acta de Constatación del 11 de diciembre de 2013, la
Secretaría Técnica de la Comisión de Eliminación de Barreras
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