Sentencia nº 1477-2015/SC2 de Sala Especializada en Protección al Consumidor, 11 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución11 de Mayo de 2015
EmisorSala Especializada en Protección al Consumidor
Expediente568-2013/CC1
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspeciali zadaenProtecciónalConsumidor
RESOLUCIÓN14772015/SPCINDECOPI
EXPEDIENTE5682013/CC1
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR   
SEDELIMASURN°1
PROCEDIMIENTO : DEPARTE
DENUNCIANTE : VÍCTORSOTOMORENO
DENUNCIADO : MIBANCOBANCODELAMICROEMPRESAS.A.
MATERIA : CONSUMIDORFINAL
 PROCEDENCIA
ACTIVIDAD : OTROSTIPOSDEINTERMEDIACIÓNMONETARIA 
SUMILLA: Se revoca la resolución venida en grado que declaró
improcedente la denuncia interpuesta contra MiBanco  Banco de la  
Microempresa S.A.,
por infracción de la Ley 29571, Código de Protección y    
Defensa del Consumidor; y, reformándola, se declara procedente la misma,
al quedar acreditado que el denunciante califica como consumidor final en
lostérminosdelCódigo.
Lima,11demayode2015
ANTECEDENTES
1. El 27 de agosto de 2013, el señor Víctor Soto Moreno (en adelante, el señor
Soto) denunció a MiBanco  Banco de la Microempresa S.A. (en adelante, el  
1
Banco) por presunta infracción de la Ley 29571, Código de Protección y
DefensadelConsumidor(enadelante,elCódigo),manifestandolosiguiente:
(i) Mediante carta de fecha 12 de noviembre de 2012, recibida por el
Banco el 15 de noviembre de 2012, solicitó al denunciado cierta
informaciónydocumentaciónrelacionadaasulíneadecrédito;
(ii) a través de la carta del 14 de diciembre de 2012, el denunciado
absolvió de manera incompleta su requerimiento, toda vez que: (a) no
le informó la tasa de costo efectivo anual (TCEA) aplicable a su línea de
crédito; (b) omitió indicarle en una sola cifra el monto total
desembolsado y a cuánto ascendía el total de los pagos efectuados
hastaesemomentoporcapital,intereses,gastosycomisiones;
(iii) el Banco le exigió el pago de S/. 5,00 por concepto de comisión por
fotocopias,siendoquedichomontoresultabaelevado;y,
(iv) mediante la carta respuesta del 14 de diciembre de 2012, recién tomó
conocimiento que el denunciado venía aplicando a su línea de crédito el
sistema de amortización francés, el cual no le había sido informado
oportunamenteyresultabaonerosoyperjudicial.
1 RUC: 20382036655. Domicilio fiscal: Calle Domingo Orue 165, Urb. Limatambo. Distrito de Surquillo,
ProvinciayDepartamentodeLima.
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