Sentencia nº 1215-2015/SC2 de Sala Especializada en Protección al Consumidor, 17 de Abril de 2015

Fecha de Resolución17 de Abril de 2015
EmisorSala Especializada en Protección al Consumidor
Expediente141-2014/LCC/PS0-INDECOPI-PIU
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspeciali zadaenProtecciónalConsumidor
RESOLUCIÓN12152015/SPCINDECOPI
EXPEDIENTE1412014LCC/PS0INDECOPIPIU
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPIDEPIURA
PROCEDIMIENTO : DEPARTE
DENUNCIANTES : JORGELUISCALLERUFINO
MARÍAELENAARÉVALOFLORESDECALLE
DENUNCIADA : FAGAMOTORSS.A.
MATERIA : RECURSODEREVISIÓN
ACTIVIDAD : VENTADEVEHÍCULOSAUTOMOTORES
SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de revisión interpuesto por
Faga Motors S.A. contra la Resolución 0072015/INDECOPIPIU en el
extremo referido a la presunta inaplicación de un precedente de observancia
obligatoria recaído en la Resolución 29642011/SC2INDECOPI, toda vez que
dichoactoadministrativonocalificacomotal.
De otro lado, se declara infundado el recurso de revisión interpuesto por
Faga Motors S.A. contra la Resolución 0072015/INDECOPIPIU en el
extremo referido a la presunta interpretación errónea del artículo 418º del
Código Procesal Civil, sobre los requisitos de procedencia de la liquidación
de costos del procedimiento, toda vez que la Comisión interpretó
correctamenteelartículoenmención.
Finalmente, se declara infundado el recurso de revisión interpuesto por
Faga Motors S.A. contra la Resolución 0072015/INDECOPIPIU en el
extremo referido a la presunta inaplicación de las Resoluciones de
Superintendencia 0132007/SUNAT y 3732013/SUNAT, toda vez que la
Comisión no se encontraba obligada a analizar las referidas disposiciones
enelpresenteprocedimientopornoseraplicablesalmismo.
Piura,17deabrilde2015
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 8532014/PS0INDECOPIPIU del 15 de octubre de
2014, el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al
Consumidor de la Oficina Regional del Indecopi de Piura (en adelante, el
ORPS) ordenó a Faga Motors S.A. (en adelante, Faga Motors) que cumpla
con pagar al señor Jorge Luis Calle Rufino (en adelante, el señor Calle) y a
la señora María Elena Arévalo Flores de Calle (en adelante, la señora
Arévalo) la suma de S/. 3400,00 por concepto de los costos del
procedimientotramitadobajoelExpediente1132014/PS0INDECOPIPIU.
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