Sentencia nº 149-2015/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 27 de Febrero de 2015

Fecha de Resolución27 de Febrero de 2015
EmisorSala Especializada en Procedimientos Concursales
Expediente50-2014/CCO-SANCIONADOR
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProcedimientosConcursales
RESOLUCIÓNN°01492015/SCOINDECOPI
EXPEDIENTEN°0502014/CCOSANCIONADOR
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMASUR
DEUDOR : INDUSTRIASDEGRANOSALIMENTICIOSS.A.C.
DENUNCIADO : WELCOMECONSULTORESASOCIADOSS.A.C.
MATERIAS : PROCEDIMIENTOSANCIONADOR
INCUMPLIMIENTODEOBLIGACIONES
GRADUACIÓNDELASANCIÓN
ACTIVIDAD : ELABORACIÓNDEPRODUCTOSLÁCTEOS
SUMILLA:
se CONFIRMA la Resolución N° 55792014/CCOINDECOPI del 06
de octubre de 2014, que sancionó a Welcome Consultores Asociados S.A.C.
con una multa ascendente a una (01) Unidad Impositiva Tributaria por no
haber entregado la carta fianza requerida por el Indecopi de conformidad con
lasdisposicionesdelartículo120.5delaLeyGeneraldelSistemaConcursal.
SANCIÓN:Una(01)UIT
Lima,27defebrerode2015
ANTECEDENTES
1. El 05 de marzo de 2001, la Comisión Delegada de Reestructuración
Patrimonial del Indecopi a cargo de la Pontificia Universidad Católica del
Perú publicó en el diario oficial “El Peruano” el aviso de difusión del estado
de insolvencia de Industrias de Granos Alimenticios S.A.C. (en adelante,
Igasac) .
1
2. Por Resolución 167942005/CCOINDECOPI del 04 de noviembre de       
2005, la Comisión de Procedimientos Concursales declaró la disolución y
liquidacióndeIgasac .
2
3. Por Resolución N° 77022010/CCOINDECOPI del 28 de octubre de 2010, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
3
1La Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi a cargo de la Pontificia Universidad
Católica del Perú declaró la insolvencia (en la actualidad procedimiento concursal ordinario) de Igasac al haber
verificado que si bien dicho deudor solicitó su acogimiento al procedimiento transitorio previsto en el Decreto de
Urgencia N° 06499, la junta de acreedores no aprobó el Convenio de Saneamiento correspondiente, de
conformidadconelartículo14delreferidoDecretodeUrgencia.
2El 13 de marzo de 2006 se instaló la junta de acreedores de Igasac, sin embargo los acreedores asistentes no
adoptaron acuerdo alguno. Por ello, la Secretaría Técnica de la Comisión de Procedimientos Concursales
incluyó a Igasac en la relación de deudores publicada en la Bolsa de Liquidaciones de la página web del
Indecopi.
3Hastael19demarzode2010denominadaComisióndeProcedimientosConcursales.
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