Sentencia nº 112-2015/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 23 de Febrero de 2015
Fecha de Resolución | 23 de Febrero de 2015 |
Emisor | Sala Especializada en Defensa de la Competencia |
Expediente | 263-2012/CEB |
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspeciali zadaenDefensadelaCompetencia
RESOLUCIÓN01122015/SDCINDECOPI
EXPEDIENTE02632012/CEB
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIANTE : ASOCIACIÓN PERUANA DE OPERADORES
PORTUARIOSASPPOR
DENUNCIADO : MINISTERIO DE DEFENSA MARINA DE GUERRA
DELPERÚ
MATERIA : BARRERASBUROCRÁTICAS
ACLARACIÓN
IMPROCEDENCIA
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN
GENERAL
SUMILLA: se declara IMPROCEDENTE el pedido de aclaración de la
Resolución 22152013/SDCINDECOPI del 28 de noviembre de 2013
interpuesto por la Marina de Guerra del Perú el 27 de enero de 2015. Ello,
debido a que este pedido fue presentado cuando ya había vencido el plazo
de tres (3) días hábiles para la presentación de solicitudes de aclaración, tal
como lo dispone el artículo 28 del Decreto Supremo
0092009PCM–Reglamento de Organización y Funciones del Instituto
Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad
Intelectual.
Lima,23defebrerode2015
I. ANTECEDENTES
1. El 17 de octubre de 2012, la Asociación Peruana de Operadores Portuarios
ASPPOR (en adelante, la denunciante) denunció al Ministerio de Defensa
1
(en adelante, el Ministerio) ante la Comisión de Eliminación de Barreras
Burocráticas (en adelante, la Comisión) por la presunta imposición de una
barrera burocrática ilegal y/o carente de razonabilidad consistente en el cobro
por seguridad y protección exigido en el procedimiento SPEA01
denominado “Seguridad y protección a naves durante su permanencia en
aguas jurisdiccionales peruanas”, contenido en el Texto Único de
Procedimientos AdministrativosTUPA de la Marina de Guerra del Perú (en
adelante, la Marina) a través de la Dirección General de Capitanías y
Guardacostas(enadelante,laDICAPI).
2. Mediante Resolución 04032012/STCEBINDECOPI del 13 de noviembre de
2012, la Secretaría Técnica de la Comisión admitió a trámite la denuncia por
la presunta imposición de una barrera burocrática ilegal y/o carente de
razonabilidad consistente en el cobro que realiza el Ministerio, a través de la
1 Asociación que agrupa a las siguientes empresas que brindan serv icio de agenciamiento de naves: Cosmos
AgenciaMarítimaS.A.C.yTrabajosMarítimosS.A.–TRAMARSA.
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