Sentencia nº 120-2015/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 18 de Febrero de 2015
Fecha de Resolución | 18 de Febrero de 2015 |
Emisor | Sala Especializada en Procedimientos Concursales |
Expediente | 31-2014/CCO-SANCIONADOR |
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProcedimientosConcursales
RESOLUCIÓNN°01202015/SCOINDECOPI
EXPEDIENTEN°0312014/CCOSANCIONADOR
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMASUR
DEUDOR : MANUELCHACALIAZACASTILLO
DENUNCIADO : WELCOMECONSULTORESASOCIADOSS.A.C.
MATERIAS : PROCEDIMIENTOSANCIONADOR
INCUMPLIMIENTODEOBLIGACIONES
GRADUACIÓNDELASANCIÓN
ACTIVIDAD : OTRASACTIVIDADESEMPRESARIALESNCP
SUMILLA:
se CONFIRMA la Resolución N° 55772014/CCOINDECOPI del 06
de octubre de 2014, que sancionó a Welcome Consultores Asociados S.A.C.
con una multa ascendente a una (01) Unidad Impositiva Tributaria por no
haber entregado la carta fianza requerida por el Indecopi de conformidad con
lasdisposicionesdelartículo120.5delaLeyGeneraldelSistemaConcursal.
SANCIÓN:Una(01)UIT
Lima,18defebrerode2015
ANTECEDENTES
1. El 29 de noviembre de 2004, la Comisión de Procedimientos Concursales
publicó en el diario oficial “El Peruano” el aviso de difusión del estado de
liquidación del patrimonio del señor Manuel Alejandro Chacaliaza Castillo (en
adelante, el señor Chacaliaza) , en aplicación de lo previsto en el artículo 703
1
delCódigoProcesalCivil .
2
2. Por Resolución N° 54452010/CCOINDECOPI del 02 de agosto de 2010, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
3
Comisión) designó , de oficio, a Welcome Consultores Asociados S.A.C. (en
4
1En virtud de lo dispuesto por el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ate, órgano jurisdiccional que declaró la
liquidacióndelpatrimoniodeldeudor.
2Dicho artículo fue derogado por el Decreto Legislativo N° 1069, aunque sus disposiciones se mantuvieron
vigentes en el artículo 692A del Código Procesal Civil, también incorporado por el citado Decreto Legislativo N°
1069. Posteriormente, dicho artículo fue modificado por la Ley Nº 30201, Ley que crea el Registro de Deudores
Judiciales Morosos, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 28 de mayo de 2014, vigente desde el 01 de
agostode2014.
3Hastael19demarzode2010denominadaComisióndeProcedimientosConcursales.
4Por Resolución N° 137532005/CCOINDECOPI del 09 de septiembre de 2005, la Comisión de Procedimientos
Concursales designó a Administradores Corporativos S.A.C. como entidad liquidadora del patrimonio del señor
Chacaliaza. Sin embargo, su designación como entidad liquidadora del patrimonio concursado concluyó al haber
sido inhabilitada permanentemente para ejercer las funciones de administradora o liquidadora en procesos
concursales. Por tal razón, mediante Resolución N° 27462010/CCOINDECOPI del 19 de abril de 2010 la
Comisión encargó a su Secretaría Técnica la realización de las gestiones destinadas a la designación de una
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