Sentencia nº 875-2014/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 16 de Diciembre de 2014

Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2014
EmisorSala Especializada en Procedimientos Concursales
Expediente000013-2004/CCO-ODI-LAL-001-094
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProcedimientosConcursales
RESOLUCIÓNN°08752014/SCOINDECOPI
EXPEDIENTEN°0132004/CCOODILAL001094
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DELALIBERTAD
1
DEUDOR : EMPRESAAGRARIACHIQUITOYS.A.
ACREEDOR : LUISASÁNCHEZPAREDESDEDIÉGUEZ
MATERIA : RECONOCIMIENTODECRÉDITOS
CRÉDITOSLABORALES
ACTIVIDAD : AGRICULTURA, GANADERÍA, CAZA Y ACTIVIDADES
DESERVICIOSCONEXOS
SUMILLA: se LEVANTA LA SUSPENSIÓN dispuesta en la Resolución
N° 01332010/SC1INDECOPI del 28 de enero de 2010 que reservó el
pronunciamiento de la segunda instancia, en cuanto a la controversia
relacionada a los créditos de origen laboral derivados de remuneraciones en
especie, invocados por la señora Luisa Sánchez Paredes de Diéguez frente a
Empresa Agraria Chiquitoy S.A.; ello en cumplimiento de lo dispuesto por el
Juzgado Civil Transitorio de Descarga de Ascope mediante la Resolución
Número Quince del 28 de agosto de 2014, que dejó sin efecto la medida
cautelar innovativa concedida a favor de Fondo de Inversiones
Diversificadas S.A., en el proceso judicial seguido contra la deudora sobre
nulidad de acto jurídico, disposición en virtud de la cual la autoridad
concursalsuspendióelreferidopronunciamiento.
En consecuencia, se CONFIRMA la Resolución N° 06102009/INDECOPILAL
del 30 de abril de 2009, en el extremo que reconoció créditos de origen
laboral a favor de la señora Luisa Sánchez Paredes de Diéguez frente a
Empresa Agraria Chiquitoy S.A. ascendentes a S/. 2 989,97 por capital y
S/. 1 794,25 por intereses, por concepto de remuneraciones en especie del
período que comprende los años 1996, 1997 y 1998, en tanto dichos créditos
se encuentran sustentados en el documento denominado “informe de
adeudos  saldo de valorización Prod. baratos” suscrito por el gerente 
generaldelaconcursada.
Asimismo, se REVOCA la Resolución N° 06102009/INDECOPILAL del 30 de
abril de 2009, en el extremo que declaró infundada la solicitud de
reconocimiento de créditos de origen laboral presentada por la señora Luisa
Sánchez Paredes de Diéguez frente a Empresa Agraria Chiquitoy S.A.
derivados de remuneraciones en especie del período que comprende los
años 1999 a 2004 y del 01 de enero al 14 de marzo de 2005; y, reformándola,
1 Mediante Resolución 1572012INDECOPI/COD publicada en el diario oficial “El Peruano” el 20 de octubrede           
2012, el Consejo Directivo del Indecopi aprobó la Directiva N° 0022012/DIRCODINDECOPI que dispuso que los
procedimientos administrativos en materia de Procedimientos Concursales que venían siendo tramitados ante las
Comisiones adscritas a las Oficinas Regionales de Lambayeque, La Libertad y Piura sean derivados enel estado
en que se encuentren a la Comisión de Procedimientos Concursales de la sede Lima Norte, órgano funcional que
desdeentoncesasumiócompetenciaconformealoestablecidoenlareferidadirectiva.
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TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProcedimientosConcursales
RESOLUCIÓNN°08752014/SCOINDECOPI
EXPEDIENTEN°0132004/CCOODILAL001094
se reconocen créditos por este concepto y período ascendentes a
S/. 17 640,70 por capital y S/. 3 685,10 por intereses, en tanto se ha
acreditado la existencia y cuantía de dichos créditos, correspondiéndoles el
primer orden de preferencia, conforme a lo previsto en el numeral 1 del
artículo42delaLeyGeneraldelSistemaConcursal.
Lima,16dediciembrede2014
ANTECEDENTES
1. El 14 de marzo de 2005, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de
La Libertad (en adelante, la Comisión) publicó en el diario oficial “El Peruano”
el aviso de difusión del inicio del procedimiento concursal ordinario de
Empresa Agraria Chiquitoy S.A. (en adelante, Chiquitoy). En sesión de junta
de acreedores realizada el 13 de diciembre de 2005, continuada el 16 de
diciembre del mismo año, se acordó la reestructuración patrimonial de
Chiquitoy, y el 05 de abril de 2006, se aprobó y suscribió su plan de
reestructuración.
2. El 30 de diciembre de 2008, la señora Luisa Sánchez Paredes de Diéguez
(en adelante, la señora Sánchez) solicitó ante la Comisión la ampliación de
reconocimiento de créditos de origen laboral frente a Chiquitoy, derivados de
2
diversos conceptos , entre estos, remuneraciones en especie del período
3
comprendido entre el 01 de enero de 1996 hasta el 14 de marzo de 2005,
invocando por este concepto la suma de S/. 26 172,70 por capital y
S/. 10 654,01 por intereses, para cuyo efecto adjuntó los siguientes
documentos: (i) autoliquidación detallada del referido concepto ; (ii)
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liquidaciones de compensación por tiempo de servicios (en adelante, CTS)
de los períodos enero abril 1996, mayo  octubre 1996, noviembre 1996   
abril 1997, mayo octubre 1997, noviembre 1997  abril 1998, y mayo     
octubre 1998 ; y, (iii) documento denominado “informe de adeudos  saldo de      
5
valorización prod. baratos” de marzo de 1999, suscrito por el señor Luis De     
laCruzRodríguez,ensucondicióndegerentegeneraldelaconcursada .
6
2 MedianteResolución 16302006/INDECOPILALdel 11 dediciembre de 2006,la Comisión reconociócréditos de         
origen laboral a favor de la señora Sánchez frente a Chiquitoy ascendentes a S/. 14 895,84 por capital y     
S/.4030,78porintereses.
3 Reintegro de gratificación por navidad del año 1997, reintegro de remuneraciones por descanso semanal obligatorio
del período comprendido entre el 01 de enero de 1996 hasta el 14 de marzode 2005 ybonificación por descanso
vacacionaldelosperíodos1999a2004.
4 Afojas207a209delexpediente.
5 Afojas213a219delexpediente.
6 Afojas220delexpediente.
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