Sentencia nº 839-2014/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 1 de Diciembre de 2014
Fecha de Resolución | 1 de Diciembre de 2014 |
Emisor | Sala Especializada en Procedimientos Concursales |
Expediente | 000080-2012/CCO-INDECOPI-03-34 |
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProcedimientosConcursales
RESOLUCIÓNN°08392014/SCOINDECOPI
EXPEDIENTEN°802012/CCOINDECOPI0334
PROCEDENCIA: COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMASUR
DEUDOR : CONSORCIOUNIPETROS.A.C.ENLIQUIDACIÓN
ACREEDOR : FLEXPACKANDINAS.A.C.ENLIQUIDACIÓN
MATERIA : RECONOCIMIENTODECRÉDITOS
NULIDAD
ACTIVIDAD: VENTAALPORMAYORDEOTROSPRODUCTOS
SUMILLA: se declara la NULIDAD de la Resolución
N° 06912013/CCOINDECOPI del 17 de enero de 2013, que declaró infundada
la solicitud de reconocimiento de créditos presentada por Flexpack Andina
S.A.C. en Liquidación frente a Consorcio Unipetro S.A.C. en Liquidación,
debido a que dicho acto administrativo fue emitido sin observar el
procedimiento regular establecido en el artículo 136 de la Ley del
Procedimiento Administrativo General, por cuanto la Comisión de
Procedimientos Concursales Lima Sur no dio respuesta a la solicitud de
prórroga del plazo para presentar la información solicitada mediante
Requerimiento N° 66312012/CCOINDECOPI del 19 de diciembre de 2012,
vulnerando el derecho de defensa del solicitante, lo cual acarrea la nulidad
de la resolución impugnada conforme a lo establecido por el numeral 2 del
artículo10delaLeydelProcedimientoAdministrativoGeneral.
En consecuencia, se dispone que la Comisión de Procedimientos
Concursales Lima Sur emita nuevo pronunciamiento sobre la base de las
consideracionesexpuestasenlapresenteresolución.
Lima,01dediciembrede2014
ANTECEDENTES
ExpedienteprincipaldeConsorcioUnipetroS.A.C.
1. Por Resolución N° 43742012/CCOINDECOPI del 17 de julio de 2012, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) declaró la situación de concurso de Consorcio Unipetro S.A.C. (en
adelante, Unipetro). Dicha situación fue difundida mediante aviso publicado
eneldiariooficial“ElPeruano”el23dejuliode2012.
2. En reunión del 10 de diciembre de 2013, la junta de acreedores de Unipetro
acordó la disolución y liquidación de dicha empresa. Así mismo, en sesión de
junta de acreedores del 20 de marzo de 2014, se acordó la designación de
Corporación Consultora S.A. (en adelante, Corporación Consultora) como
entidad liquidadora de Unipetro, aprobándose y suscribiéndose el convenio
deliquidaciónrespectivo.
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