Sentencia nº 3878-2014/SC2 de Sala Especializada en Protección al Consumidor, 17 de Noviembre de 2014

Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2014
EmisorSala Especializada en Protección al Consumidor
Expediente98-2013/CC1
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProtecciónalConsumidor
RESOLUCIÓN38782014/SPCINDECOPI
EXPEDIENTE0982013/CC1
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
SEDELIMASURNº1
PROCEDIMIENTO : DEPARTE
DENUNCIANTE : ROSEMARIEJANISSEURBINADELACRUZ
DENUNCIADA : RIMACSEGUROSYREASEGUROSS.A.
CORREDORESDESEGUROSFALABELLAS.A.C.
MATERIAS : IDONEIDADDELSERVICIO
ACTIVIDAD : PLANESDESEGUROSGENERALES
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado en el extremo que
declaró improcedente la denuncia de la señora Rosemarie Janisse Urbina De
la Cruz contra Corredora de Seguros Falabella S.A.C., al haber prescrito la
potestad con la que contaba la autoridad administrativa para sancionar dicho
hecho.
Asimismo, se confirma dicho acto administrativo en el extremo que declaró
infundada la denuncia contra Rimac Seguros y Reaseguros S.A. por
infracción del artículo 19° del Código de Protección y Defensa del
Consumidor, al haber quedado acreditado que la denunciada no hizo efectiva
lacoberturadelsegurodesaludcontratadodeformajustificada.
Lima,17denoviembrede2014
ANTECEDENTES
1. El 19 de marzo de 2013, la señora Rosemarie Janisse Urbina De la Cruz (en
adelante, la señora Urbina) denunció a Rimac Seguros y Reaseguros S.A.
(en adelante, Rímac) y a Corredores de Seguros Falabella S.A.C. (en
adelante, Corredores Falabella), por infracción de la Ley 29571, Código de
ProtecciónyDefensadelConsumidor(enadelante,elCódigo).
2. Ensudenuncia,laseñoraUrbinamanifestólosiguiente:
(i) En agosto de 2007 contrató, a través de Corredores Falabella, el
“Seguro Falabella Salud Plan Total” con Rímac, el cual tenía una
cobertura máxima anual de US$ 25 000,00 y el reconocimiento de hasta
el100%degastospormaternidad;
(ii) luego de haber recibido la póliza y las condiciones particulares, consultó
sobre los alcances de la cobertura por concepto de gastos de
maternidad, ante lo cual Corredores Falabella reiteró que alcanzaba
todo el estado de embarazo, las pruebas que tuviera que realizarse,
controles y otros; asimismo, le indicó que el límite de US$ 800,00 al que
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