Sentencia nº 749-2014/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 31 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2014
EmisorSala Especializada en Procedimientos Concursales
Expediente385-2009/CCO-INDECOPI-01-158
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProcedimientosConcursales
RESOLUCIÓNN°07492014/SCOINDECOPI
EXPEDIENTEN°3852009/CCOINDECOPI01158
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMASUR
DEUDOR : COOPERATIVA INDUSTRIAL MANUFACTURAS DEL
CENTROLTDA.ENLIQUIDACIÓN
ACREEDOR : PEDRONEMESIOFERNÁNDEZRIVERA
MATERIA : RECONOCIMIENTODECRÉDITOS
CRÉDITOSLABORALES
ACTIVIDAD : PREPARACIÓNYTEJIDODEFIBRASTEXTILES
SUMILLA: se declara la NULIDAD de la Resolución
N° 38632013/CCOINDECOPI del 05 de abril de 2013, que reconoció créditos
a favor del señor Pedro Nemesio Fernández Rivera frente a Cooperativa
Industrial Manufacturas del Centro Ltda. en Liquidación ascendentes a
S/.28 990,85 por capital, debido a que la Comisión de Procedimientos
Concursales Lima Sur omitió correr traslado al señor Pedro Nemesio
Fernández Rivera y a la deudora de la documentación remitida el 11 de enero
de 2013 por el Primer Juzgado Transitorio de Trabajo de Huancayo mediante
Oficio N° 115820121°JTLHCSJJUPJ.GRG, por lo que dicho acto adolece
de un vicio que acarrea su nulidad, conforme a lo dispuesto en el artículo
10.2delaLeydelProcedimientoAdministrativoGeneral.
Asimismo, se declara la NULIDAD de la Resolución
N° 115552013/CCOINDECOPI del 27 de septiembre de 2013, mediante la
cual la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur atendió el
recurso de reconsideración interpuesto por la deudora contra la Resolución
N° 38632013/CCOINDECOPI, al ser un acto emitido con posterioridad a esta
última y estar vinculada a ella, de acuerdo con lo establecido en el artículo
13.1delaLeydelProcedimientoAdministrativoGeneral.
En consecuencia, se DISPONE que la Comisión de Procedimientos
Concursales Lima Sur emita un nuevo pronunciamiento, para lo cual
previamente deberá poner en conocimiento del señor Pedro Nemesio
Fernández Rivera y de Cooperativa Industrial Manufacturas del Centro Ltda.
enLiquidaciónladocumentaciónremitidaporlaautoridadjudicial.
Lima,31deoctubrede2014
ANTECEDENTES
Expediente de procedimiento concursal ordinario de Cooperativa Industrial
ManufacturasdelCentroLtda.enLiquidación
1. Por Resolución N° 50302011/CCOINDECOPI del 27 de junio de 2011, la
1/11

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