Sentencia nº 753-2014/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 31 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2014
EmisorSala Especializada en Procedimientos Concursales
Expediente22-2013/CCO-INDECOPI-03-02
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProcedimientosConcursales
RESOLUCIÓNN°07532014/SCOINDECOPI
EXPEDIENTEN°0222013/CCOINDECOPI0302
PROCEDENCIA : COMISIÓNDEPROCEDIMIENTOSCONCURSALES
LIMASUR
DEUDOR : 3R LOMBARDI CONSTRUCTORA CONSULTORA S.A.C.
ENLIQUIDACIÓN
ACREEDOR : CARLOSALFREDOZUBIAURREONARI
MATERIA : RECONOCIMIENTODECRÉDITOS
CONCILIACIÓNEXTRAJUDICIAL
TÍTULOSVALORES
ACTIVIDAD : CONSTRUCCIÓNDEEDIFICIOS
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución N° 15612014/CCOINDECOPI del 17
de marzo de 2014, que declaró infundada la solicitud de reconocimiento de
créditos presentada por el señor Carlos Alfredo Zubiaurre Onari frente a 3R
Lombardi Constructora Consultora S.A.C. en Liquidación toda vez que, como
resultado del proceso de investigación realizado al amparo de lo dispuesto
por el artículo 38.5 de la Ley General del Sistema Concursal y el precedente
de observancia obligatoria aprobado por Resolución N° 07997TDC, la
documentación presentada por el solicitante no acredita el origen,
existencia,legitimidadycuantíadeloscréditosinvocados.
Lima,31deoctubrede2014
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución N° 97582013/CCOINDECOPI del 12 de agosto de
2013, la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) declaró la situación de concurso de 3R Lombardi Constructora
ConsultoraS.A.C.(enadelante,3RLombardi).
2. El 23 de septiembre de 2013, la Comisión publicó en el diario oficial “El
Peruano”elavisodedifusióndelasituacióndeconcursode3RLombardi.
3. Por Resolución N° 49512014/CCOINDECOPI del 01 de septiembre de
2014, la Comisión declaró de oficio la disolución y liquidación de 3R
Lombardi en aplicación del artículo 96.1 de la Ley General del Sistema
Concursal(enadelante,laLGSC).
4. Mediante escrito presentado el 05 de noviembre de 2013, el señor Carlos
Alfredo Zubiaurre Onari (en adelante, el señor Zubiaurre) invocó el
reconocimiento de créditos frente a 3R Lombardi ascendentes a S/. 256
600,00 por capital derivados de una conciliación extrajudicial suscrita el 04 de
noviembre de 2013 con los representantes de 3R Lombardi, para lo cual
señalólosiguiente:
1/18
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProcedimientosConcursales
RESOLUCIÓNN°07532014/SCOINDECOPI
EXPEDIENTEN°0222013/CCOINDECOPI0302
(i) celebró con 3R Lombardi diversos contratos de mutuo en forma verbal
que se materializaron mediante la entrega de dinero en efectivo,
desembolsos que se efectuaron el 15 de marzo de 2011, 30 de junio de
2011, 01 de diciembre de 2012 y 30 de marzo de 2013,
respectivamente,conformealsiguientedetalle:
N°
Fecha
ImporteS/.
1
15/03/2011
120000,00
2
30/06/2011
90000,00
3
01/12/2012
40000,00
4
30/03/2013
6600,00
Total
256600,00
(ii) el 04 de noviembre de 2013, suscribió un acta de conciliación
extrajudicial con 3R Lombardi en la cual esta última reconoció la
existencia de las obligaciones derivadas de los préstamos otorgados a
sufavor;
(iii) para el reconocimiento de los créditos invocados, la autoridad concursal
deberá tomar en cuenta el principio de primacía de la realidad,
privilegiando los hechos sobre las formas o apariencias contractuales
quesustentenelpedido;
(iv) los créditos invocados se encuentran registrados en los asientos
contablesde3RLombardi;y,
(v) declarónomantenervinculaciónconcursalconlaempresaconcursada.
5. En sustento de dicha solicitud, el señor Zubiaurre presentó copia de la
referidaactadeconciliaciónextrajudicial.
6. Mediante Requerimiento N° 3442014/CCOINDECOPI notificado al señor
Zubiaurre el 04 de febrero de 2014, la Comisión le requirió la siguiente
documentacióneinformación:
(i) los motivos por los cuales efectuó préstamos a favor de 3R Lombardi
porS/.256600,00;
2/18

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR