Sentencia nº 761-2014/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 4 de Noviembre de 2014
Fecha de Resolución | 4 de Noviembre de 2014 |
Emisor | Sala Especializada en Procedimientos Concursales |
Expediente | 53-2013/CCO-INDECOPI-01-49 |
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProcedimientosConcursales
RESOLUCIÓNN°07612014/SCOINDECOPI
EXPEDIENTEN°532013/CCOINDECOPI0149
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMASUR
DEUDOR : TOTALSECURITYS.A.ENLIQUIDACIÓN
ACREEDOR : MARISOLBELLIDOORTEGA
MATERIA : IMPUGNACIÓNDERESOLUCIÓNDESALA
ACTIVIDAD : ACTIVIDADESDEINVESTIGACIÓNYSEGURIDAD
SUMILLA: se declara IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración
interpuesto por la señora Marisol Bellido Ortega contra la Resolución
N° 02522014/SCOINDECOPI del 19 de junio de 2014, en atención a que los
actos administrativos emitidos por las Salas del Tribunal del Indecopi agotan
la vía administrativa y solo pueden ser impugnados ante el Poder Judicial
mediante el proceso contencioso administrativo, conforme a lo previsto en el
artículo 18.1 del Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organización y
Procedimiento Administrativo General, dentro del plazo establecido en el
ContenciosoAdministrativo.
Lima,04denoviembrede2014
ANTECEDENTES
Expediente de procedimiento concursal ordinario de Total Security S.A. en
Liquidación
1. Por Resolución N° 41132013/CCOINDECOPI del 08 de abril de 2013, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) dispuso la publicación del aviso de difusión del estado de
disolución y liquidación de Total Security S.A. (en adelante, Total Security).
Dicho aviso fue publicado en el diario oficial “El Peruano” del 24 de junio de
2013.
2. En sesión del 08 de agosto de 2014, la junta de acreedores de Total Security
designó a Asesores & Gestores Concursales S.A.C. como entidad
liquidadora y aprobó el respectivo convenio de liquidación. En la misma fecha
sesuscribióelreferidoconvenio.
ExpedientedereconocimientodecréditosdelaseñoraMarisolBellidoOrtega
3. El 23 de julio de 2013, la señora Marisol Bellido Ortega (en adelante, la
señora Bellido) solicitó ante la Comisión el reconocimiento de créditos de
origen laboral frente a Total Security ascendentes a S/. 6 633,91. Luego, el
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