Sentencia nº 661-2014/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 14 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución14 de Octubre de 2014
EmisorSala Especializada en Procedimientos Concursales
Expediente67-2011/CCO-INDECOPI (CUADERNILLO DE APELACIÓN)
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProcedimientosConcursales
RESOLUCIÓNN°06612014/SCOINDECOPI
EXPEDIENTEN°0672011/CCOINDECOPI
(Cuadernillodeapelación)
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMASUR
DEUDOR : PROMOTORADELSOLS.A.C.ENLIQUIDACIÓN
IMPUGNANTE : CARMENYAMADAPALACIOS
MATERIA : IMPUGNACIÓNDEJUNTADEACREEDORES
ACTIVIDAD : ACTIVIDADESINMOBILIARIAS
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución N° 22792014/CCOINDECOPI del 21
de abril de 2014, mediante la cual la Comisión de Procedimientos
Concursales Lima Sur declaró infundada la impugnación formulada por la
señora Carmen Yamada Palacios contra los acuerdos adoptados por la junta
de acreedores de Promotora Delsol S.A.C. en Liquidación en sesión del 17 de
diciembre de 2013, debido a que no se ha verificado que tales acuerdos
constituyan el ejercicio abusivo de un derecho toda vez que, contrariamente
a lo alegado por la señora Carmen Yamada Palacios, el cuestionamiento a
los créditos reconocidos por la autoridad concursal a un determinado
acreedor no suspende la eficacia del acto administrativo emitido por la
primera instancia que le otorga tal calidad, puesto que al momento en que se
adoptaron los acuerdos de la junta de acreedores no existía otro
pronunciamientoquedispongalocontrario.
Lima,14deoctubrede2014
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 22792014/CCOINDECOPI del 30 de enero de 2012, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) dispuso la publicación del aviso de difusión del estado de
disolución y liquidación de Promotora Delsol S.A.C. (Promotora Delsol).
Dicha situación fue difundida mediante aviso publicado en el diario oficial “El
Peruano”el05demarzode2012.
2. Mediante Resolución N° 64402013/CCOINDECOPI del 12 de junio de
2013, la Comisión reconoció créditos a favor de Scotiabank Perú S.A.A. (en
adelante, Scotiabank) ascendentes a US$ 2 431 549,60 y S/. 2 565 949,75
por capital y US$ 23 822 950,98 y S/. 136 462 616,49 por intereses, a los
cuales les corresponde el quinto orden de preferencia. Asimismo, dicha
resolución a la fecha se encuentra impugnada ante la Sala Especializada en
ProcedimientosConcursales(enadelante,laSala) .
1
1 Mediante Resolución N° 117712013/CCOINDECOPI del 30 de septiembre de 2013, la Comisión concedió el
recurso de apelación interpuesto por la señora Carmen Yamada Palacios contra la resolución de reconocimiento de
créditosafavordeScotiabankfrenteaPromotoraDelsol.
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