Sentencia nº 598-2014/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 26 de Septiembre de 2014
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2014 |
Emisor | Sala Especializada en Procedimientos Concursales |
Expediente | 000124-2001/CRP-ODI-CCPL-04-01 |
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProcedimientosConcursales
RESOLUCIÓNN°05982014/SCOINDECOPI
EXPEDIENTEN°1242001/CRPODICCPL0401
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMASUR
DEUDOR : SOCIEDADINDUSTRIALTEXTILS.A.EN
LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : PROFUTUROAFP
MATERIA : RECONOCIMIENTODECRÉDITOS
CRÉDITOSPREVISIONALES
ORDENDEPREFERENCIA
ACTIVIDAD : FABRICACIÓNDETEJIDOSYARTÍCULOSDEPUNTO
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución N° 21322012/CCOINDECOPI del 26 de
marzo de 2012, en el extremo apelado que declaró que a los créditos
reconocidos ascendentes a S/.10 244,13 por capital y S/.12 510,28 por
intereses, derivados de las comisiones impagas les corresponde el quinto
orden de preferencia al desestimarse el pedido formulado por Profuturo AFP
para que se inaplique a su solicitud lo establecido por el artículo 42.1 de la Ley
General del Sistema Concursal –modificado por el artículo 15 del Decreto
del Perú, toda vez que conforme a la Sentencia del 18 de marzo de 2014,
recaída en el Expediente N° 42932012PA/TC, el Tribunal Constitucional señaló
quenocorrespondealostribunalesadministrativosaplicarcontroldifuso.
Lima,26deseptiembrede2014
ANTECEDENTES
Expedienteprincipal
1. El 11 de marzo de 2002, la Comisión de Reestructuración Patrimonial de la
Oficina Descentralizada del Indecopi en el Colegio de Contadores Públicos de
Lima publicó en el diario oficial “El Peruano” el aviso de difusión del estado de
insolvencia de Sociedad Industrial Textil S.A. (en adelante, Sitex).
Posteriormente, mediante Resolución N° 29802010/CCOINDECOPI del 30 de
abrilde2010,laComisióndeclaróladisoluciónyliquidacióndeSitex.
2. En la sesión del 17 de marzo de 2011, la junta de acreedores de Sitex designó
a Roma Recursos Empresariales S.A.C. como entidad liquidadora de dicha
empresa. En sesión del 19 de abril de 2011, la junta de acreedores aprobó y
suscribióelconveniodeliquidaciónrespectivo.
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