Sentencia nº 605-2014/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 26 de Septiembre de 2014
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2014 |
Emisor | Sala Especializada en Procedimientos Concursales |
Expediente | 196-2006/CCO-INDECOPI-03-05 |
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProcedimientosConcursales
RESOLUCIÓNN°06052014/SCOINDECOPI
EXPEDIENTEN°1962006/CCOINDECOPI0305
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMASUR
DEUDOR : CELIMPORTADORESS.A.ENLIQUIDACIÓN
ACREEDOR : BANCONUEVOMUNDOENLIQUIDACIÓN
IMPUGNANTE : SIMUS.A.
MATERIA : RECONOCIMIENTODECRÉDITOS
EXIGIBILIDADDECRÉDITOS
ACTIVIDAD : VENTAALPORMAYODEOTROSPRODUCTOS
SUMILLA: se CONFIRMA la ResoluciónN°31412012/CCOINDECOPI del 04
de mayo de 2012, que reconoció créditos a favor de Banco Nuevo Mundo
S.A. en Liquidación frente a Cel Importadores S.A. en Liquidación
ascendentes a US$192829,85 por capital y US$184165,39 por intereses,
derivados de diecisiete (17) letras de cambio; toda vez que en el ámbito
concursal para sustentar la existencia, origen, legitimidad, titularidad y
cuantía de los créditos es suficiente, en principio, la presentación de las
copias de los títulos valores representativos de los créditos que se invocan;
y por que en la etapa de reconocimiento de créditos, la ley no ha atribuido
competencia a la autoridad concursal para verificar la exigibilidad de los
créditos invocados ni, en consecuencia para evaluar la prescripción de los
mismos.
Lima,26deseptiembrede2014
I. ANTECEDENTES
1. Por ResoluciónN°86542006/CCOINDECOPI del 10 de julio de 2006, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) dispuso la publicación del aviso de difusión del estado de
disolución y liquidación de Cel Importadores S.A. (en adelante, Cel
Importadores), en aplicación de lo dispuesto en el artículo 703 del Código
Procesal Civil. Dicha situación fue publicada el 18 de septiembre de 2006 en
eldiariooficial“ElPeruano”.
2. En sesión del 11 de mayo de 2007, la junta de acreedores de Cel
Importadores designó a Roma Recursos Empresariales S.A.C. (en adelante,
Roma) como entidad liquidadora y aprobó el convenio de liquidación
respectivo. En dicha oportunidad se suscribió el referido convenio de
liquidación.
3. Por escrito del 21 de diciembre de 2011, Banco Nuevo Mundo S.A. en
Liquidación (en adelante, Banco Nuevo Mundo) solicitó a la Comisión el
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