Sentencia nº 605-2014/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 26 de Septiembre de 2014

Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2014
EmisorSala Especializada en Procedimientos Concursales
Expediente196-2006/CCO-INDECOPI-03-05
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProcedimientosConcursales
RESOLUCIÓNN°06052014/SCOINDECOPI
EXPEDIENTEN°1962006/CCOINDECOPI0305
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMASUR
DEUDOR : CELIMPORTADORESS.A.ENLIQUIDACIÓN
ACREEDOR : BANCONUEVOMUNDOENLIQUIDACIÓN
IMPUGNANTE : SIMUS.A.
MATERIA : RECONOCIMIENTODECRÉDITOS
EXIGIBILIDADDECRÉDITOS
ACTIVIDAD : VENTAALPORMAYODEOTROSPRODUCTOS
SUMILLA: se CONFIRMA la ResoluciónN°31412012/CCOINDECOPI del 04  
de mayo de 2012, que reconoció créditos a favor de Banco Nuevo Mundo
S.A. en Liquidación frente a Cel Importadores S.A. en Liquidación
ascendentes a US$192829,85 por capital y US$184165,39 por intereses,
derivados de diecisiete (17) letras de cambio; toda vez que en el ámbito
concursal para sustentar la existencia, origen, legitimidad, titularidad y
cuantía de los créditos es suficiente, en principio, la presentación de las
copias de los títulos valores representativos de los créditos que se invocan;
y por que en la etapa de reconocimiento de créditos, la ley no ha atribuido
competencia a la autoridad concursal para verificar la exigibilidad de los
créditos invocados ni, en consecuencia para evaluar la prescripción de los
mismos.
Lima,26deseptiembrede2014
I. ANTECEDENTES
1. Por ResoluciónN°86542006/CCOINDECOPI del 10 de julio de 2006, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) dispuso la publicación del aviso de difusión del estado de
disolución y liquidación de Cel Importadores S.A. (en adelante, Cel
Importadores), en aplicación de lo dispuesto en el artículo 703 del Código
Procesal Civil. Dicha situación fue publicada el 18 de septiembre de 2006 en
eldiariooficial“ElPeruano”.
2. En sesión del 11 de mayo de 2007, la junta de acreedores de Cel
Importadores designó a Roma Recursos Empresariales S.A.C. (en adelante,
Roma) como entidad liquidadora y aprobó el convenio de liquidación
respectivo. En dicha oportunidad se suscribió el referido convenio de
liquidación.
3. Por escrito del 21 de diciembre de 2011, Banco Nuevo Mundo S.A. en
Liquidación (en adelante, Banco Nuevo Mundo) solicitó a la Comisión el
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