Sentencia nº 623-2014/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 30 de Septiembre de 2014
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2014 |
Emisor | Sala Especializada en Procedimientos Concursales |
Expediente | 29-2008/CCO-INDECOPI-01-749 |
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProcedimientosConcursales
RESOLUCIÓNN°06232014/SCOINDECOPI
EXPEDIENTEN°0292008/CCOINDECOPI01749
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMASUR
DEUDOR : TEXTILSANCRISTÓBALS.A.ENLIQUIDACIÓN
ACREEDOR : SONIAPEREIRARIVA
MATERIA : RECONOCIMIENTODECRÉDITOS
CRÉDITOSLABORALES
PRIMATEXTIL
ACTIVIDAD : FABRICACIÓN DE TEJIDOS Y ARTÍCULOS DE
PUNTO
SUMILLA: se REVOCA la Resolución N° 22622014/CCOINDECOPI del 14 de
abril de 2014, que declaró infundada la solicitud de reconocimiento de
créditos derivados de la prima textil, presentada por la señora Sonia Pereira
Riva frente a Textil San Cristóbal S.A. en Liquidación; y, reformándola, se
declara PROCEDENTE la solicitud. En consecuencia, se dispone que la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur emita pronunciamiento
de fondo sobre los créditos invocados por la señora Sonia Pereira Riva; ello
en atención a que el beneficio de la prima textil, otorgado mediante Decreto
Supremo del 10 de julio de 1944, resultó aplicable a todos los trabajadores
del sector textil sin distinción alguna, hasta la entrada en vigencia del
Decreto Supremo N° 0142012TR el 30 de agosto de 2012, fecha a partir de la
cual se restringió el alcance de dicho beneficio únicamente a los
trabajadores obreros que realizan labores operativas o manuales
directamentevinculadasconlasactividadespropiasdelaindustriatextil.
Lima,30deseptiembrede2014
ANTECEDENTES
Expediente del procedimiento concursal ordinario de Textil San Cristóbal S.A. en
Liquidación
1. El 15 de septiembre de 2003, se publicó en el diario oficial “El Peruano” el
aviso de difusión del inicio del Procedimiento Concursal Preventivo de Textil
San Cristóbal S.A. (en adelante, Textil San Cristóbal); y, en Junta de
Acreedores del 12 de noviembre de 2004, se aprobó el Acuerdo Global de
Refinanciación(enadelante,AGR),concluyendoasídichoprocedimiento.
2. El 28 de abril de 2008, se publicó en el diario oficial “El Peruano” el aviso de
difusión del inicio del Procedimiento Concursal Ordinario de Textil San
Cristóbal. En Junta de Acreedores del 17 de diciembre de 2009 se aprobó el
1/12
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba