Sentencia nº 528-2014/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 2 de Septiembre de 2014

Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2014
EmisorSala Especializada en Procedimientos Concursales
Expediente110-2009/CCO-INDECOPI-04-03
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProcedimientosConcursales
RESOLUCIÓNN°05282014/SCOINDECOPI
EXPEDIENTEN°1102009/CCOINDECOPI0403
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMASUR
DEUDOR : TEXTILESREUNIDOSS.A.C.ENLIQUIDACIÓN
ACREEDOR : AFPINTEGRAS.A.
MATERIA : RECONOCIMIENTODECRÉDITOS
CRÉDITOSPREVISIONALES
ORDENDEPREFERENCIA
ACTIVIDAD : FÁBRICADEPRENDASDEVESTIR
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución N° 30842011/CCOINDECOPI del 13
de abril de 2011, en el extremo que declaró que a los créditos reconocidos
ascendentes a S/.515,28 por concepto de capital, derivados de las
comisiones impagas, les corresponde el quinto orden de preferencia al
desestimarse el pedido formulado por AFP Integra S.A. para que se inaplique
a su solicitud lo establecido por el artículo 42.1 de la Ley General del Sistema
Concursal –modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1050–
por una supuesta contravención a la Constitución Política del Perú, toda vez
que conforme a la Sentencia del 18 de marzo de 2014, recaída en el
Expediente N° 42932012PA/TC, el Tribunal
Constitucional señaló que no corresponde a los tribunales administrativos
apliquencontroldifuso.
Lima,02deseptiembrede2014
ANTECEDENTES
1. El 03 de mayo de 2010, la Comisión de Procedimientos Concursales de Lima
Sur (en adelante, la Comisión) publicó en el diario oficial “El Peruano” el
aviso de difusión de la situación de concurso de Textiles Reunidos S.A.C. (en
adelante, Textiles Reunidos), posteriormente, el 02 de noviembre de 2010 en
merito a lo dispuesto por el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Lima, la
Comisión precisó que Textiles Reunidos se encontraba sometida a un
procedimiento de disolución y liquidación y el 20 de junio de 2011, la junta de
acreedores de la deudora designó a Soluciones Empresariales y Jurídicas
S.A.C.comoentidadliquidadora.
2. El 15 de octubre de 2010, AFP Integra S.A. (en adelante, Integra) solicitó
ante la Comisión el reconocimiento de créditos de origen previsional frente a
Textiles Reunidos por la suma ascendente a S/.3 672,80 por capital ,  
1
1 Dicha solicitud comprende créditos derivados de aportes previsionales impagos contenidos en las liquidaciones para
cobranza devengados en abril de 2010, determinados sobre remuneraciones reales y calculados al 03 de mayo de         
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