Sentencia nº 460-2014/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 6 de Agosto de 2014
Fecha de Resolución | 6 de Agosto de 2014 |
Emisor | Sala Especializada en Procedimientos Concursales |
Expediente | 000205-2013/CCO-INDECOPI |
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProcedimientosConcursales
RESOLUCIÓNN°04602014/SCOINDECOPI
EXPEDIENTEN°2052013/CCOINDECOPI
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMASUR
DEUDOR : VELATELPERÚS.A.C.
ACREEDOR : ZTECORPORACIÓNPERÚ
MATERIA: INICIO DE PROCEDIMIENTO CONCURSAL A
SOLICITUDDEACREEDOR
EMPLAZAMIENTO
APERSONAMIENTOALPROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : TELECOMUNICACIONES
SUMILLA: se REVOCA la Resolución N° 3322014/CCOINDECOPI de fecha 20
de enero de 2014 en el extremo que denegó la solicitud de ZTE Corporación
Perú para que se declare el inicio del procedimiento concursal ordinario de
Velatel Perú S.A.C. por créditos ascendentes a US$ 15 571,13 por intereses,
y, reformándola, se DISPONE que la Comisión de Procedimientos
Concursales Lima Sur admita a trámite la solicitud de declaración de inicio
del procedimiento concursal ordinario presentada por ZTE Corporación Perú
respectodedichoscréditos.
Asimismo, se REVOCA la Resolución N° 12372014/CCOINDECOPI de fecha
24 de febrero de 2014, en el extremo que declaró infundada la solicitud
presentada por ZTE Corporación Perú para que se declare el inicio del
procedimiento concursal ordinario de Velatel Perú S.A.C. por créditos
ascendentes a US$ 2 891,00 por concepto de gastos y, reformándola, se
DISPONE que la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur admita
a trámite la solicitud de declaración de inicio del procedimiento concursal
ordinariopresentadaporZTECorporaciónPerúrespectodedichoscréditos.
Ello debido a que se ha verificado la existencia de los créditos ascendentes a
US$ 18 462,13 por intereses derivados de las facturas Nos. 0010001186,
0010001346, 0010001383 y 0010001067 y de créditos por concepto de
gastos, los cuales se encuentran vencidos por más de treinta (30) días
calendario y, conjuntamente con los demás créditos que sustentaron la
solicitud presentada por ZTE Corporación Perú, superan el equivalente a 50
UIT, conforme a lo previsto en el artículo 26.1 de la Ley General del Sistema
Concursal.
Lima,6deagostode2014
ANTECEDENTES
1. Por escrito del 18 de octubre de 2013, complementado el 11 de diciembre
del mismo año, ZTE Corporación Perú (en adelante, ZTE) solicitó ante la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
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Comisión) la declaración de inicio del procedimiento concursal ordinario de
Velatel Perú S.A.C. (en adelante, Velatel), en virtud de las obligaciones
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vencidas que esta última mantendría frente a ZTE, ascendentes a US$ 6 543
705,55 por capital, US$ 688 977,51 por intereses y US$ 12 174,23 por
gastos, derivados de la ejecución del contrato de equipos “Perusat National
Wimax Equipment Contract” y del contrato de servicios “Service Contract for
Perusat National Wimax Project”, ambos del 5 de agosto de 2010 y
celebrados entre Perusat S.A. (actualmente Velatel) y ZTE, conforme al
siguientedetalle :
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2. A fin de sustentar su solicitud ZTE presentó, entre otros, copia de la
siguientedocumentación:
(i) contrato de equipos “Perusat National Wimax Equipment Contract”
por el cual ZTE acordó suministrar a Velatel los equipos y servicios
relacionadosalareddenominada“PeruNationalWimaxNetwork”;
(ii) contrato de servicios “Service Contract for Perusat National Wimax
Project” por el cual ZTE acordó proveer a Velatel los servicios
indicadosenelanexo1dedichocontrato;
(iii) cartas enviadas por Velatel Global Communications a ZTE el 25 de
abril y 15 de junio de 2012, 26 y 27 de marzo y 10 de mayo de 2013,
en las cuales habría reconocido la deuda que mantendría Velatel
frenteaZTE;
(iv) carta enviada por ZTE a Perusat S.A. el 18 de octubre de 2012, en la
cual le informó que la deuda que mantiene frente a ZTE asciende a
US$5755127,52;
1Del Asiento B00006 de la Partida N° 00380911 del Registro de Personas Jurídicas se aprecia que, por Escritura
Pública del 17 de octubre de 2013 y por Junta General del 18 de septiembre de 2013, se acordó transformar la
sociedad de Velatel Perú S.A. a una sociedad anónima cerrada sin directorio, que se denominará Velatel Perú
S.A.C.
2CuadroelaboradoporZTEensuescritodel11dediciembrede2013.
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