RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 259-2017-P-CSJLI-PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Establecen plazo para la presentación de solicitudes de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos para integrar la Nómina de la Corte Superior de Justicia de Lima, correspondiente al Año Judicial 2017-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 259-2017-P-CSJLI-PJ

Fecha de disposición12 Abril 2017
Fecha de publicación13 Abril 2017
SecciónSección Única

Lima, 12 de abril de 2017

VISTOS

El Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N° 161-2015-CE-PJ de fecha doce de junio del dos mil quince, la Resolución Administrativa N°317-2016-P-CSJLI/PJ, de fecha tres de junio del dos mil dieciséis; Resolución Jefatural N° 171-2017-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF de fecha veintidós de marzo del dos mil diecisiete; y el Oficio N° 0600-2017-USJ-CSJLI-PJ, de fecha 10 de abril del dos mil diecisiete; y,

CONSIDERANDO

Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 161-2015-CE-PJ, de fecha 12 de junio del 2015, dispone en el rubro 23, el procedimiento de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos en cada Distrito Judicial, el cual debe realizarse anualmente;

Que, mediante Resolución Administrativa N°317-2016-P-CSJLI/PJ, de fecha 03 de junio del 2016, se aprobó la Nómina de Martilleros Públicos correspondiente al año judicial 2016;

Que, a través de la Resolución Jefatural N° 171-2017-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF, de fecha 22 de marzo del presente año, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos habilita a diversas personas naturales para ejercer el cargo de Martilleros Públicos durante el año 2017;

Que, mediante Oficio N° 0600-2017-USJ-CSJLI-PJ, de fecha 10 de abril del 2017, el Jefe de la Unidad de Servicios Judiciales, solicita se establezca el plazo de presentación de las solicitudes de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos correspondiente al Año Judicial 2017, para que se incorporen a la nómina de Martilleros de esta Corte Superior de Justicia, debiendo cumplirse con lo establecido en el artículo 4° del Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo N°008-2005-JUS;

Que, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3° y 9° del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N°017-93-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo Primero

DISPONER que las solicitudes de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos...

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