ORDENANZA, Nº 001-2017-GRSM/CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN - Aprueban el inicio y el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2018-2020, elaborado en el marco del Plan Estratégico Institucional 2015-2017, Plan de Desarrollo Regional Concertado PDRC, San Martín al 2021 y Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021-ORDENANZA-Nº 001-2017-GRSM/CR

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN
Fecha de la disposición15 de Febrero de 2017

Moyobamba, 15 de febrero de 2017

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú -modificada por la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización- y Ley Nº 28607, en su artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192º inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto;

Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27867 -Ley Orgánica de Gobiernos Regionales- sobre la Legitimidad y naturaleza jurídica de los Gobiernos Regionales, prescribe que son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asunto de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un pliego Presupuestal; mientras que su artículo 4º se establece como su finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo;

Que, de acuerdo a lo previsto por el artículo 32º de la citada Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la gestión de Gobierno Regional, se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado Regional de mediano y largo plazo, el Plan Anual y el Presupuesto Participativo...

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