RESOLUCION, Nº 0087-2017-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Virundo, provincia de Grau, departamento de Apurímac-RESOLUCION-Nº 0087-2017-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición12 de Abril de 2017

Expediente N° J-2016-01246-C01

VIRUNDO - GRAU - APURÍMAC

CONVOCATORIA DE CANDIDATO

NO PROCLAMADO

Lima, seis de marzo de dos mil diecisiete.

VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por Liliana Román Pilco, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Virundo, provincia de Grau, departamento de Apurímac, debido a que se declaró la vacancia de Enrique Panebra Quispe, regidor de dicha comuna, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

ANTECEDENTES

Mediante sesión extraordinaria de fecha 2 de diciembre de 2015 (fojas 4 y 6), el Concejo Distrital de Virundo declaró la vacancia del regidor Enrique Panebra Quispe, debido a que incurrió en la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM).

Por ello, y en cumplimiento del artículo 24 del mencionado cuerpo normativo, se solicita que se convoque al suplente que corresponda para completar el concejo municipal.

Asimismo, mediante Resolución N° 1105-2016-JNE, del 22 de agosto de 2016, se declaró nulo el acto de notificación del Acuerdo Municipal N° 10-2016-CND-V, del 2 de diciembre de 2015 y se requirió al Concejo Distrital de Virundo para que notifique dicho pronunciamiento al regidor Enrique Panebra Quispe, respetando las formalidades de ley. En atención al mencionado requerimiento, la alcaldesa de dicha entidad edil remitió el Oficio N° 0011-2016-MDV, recibido el 6 de marzo de 2017 (fojas 89), adjuntado las constancias de notificación al regidor cuestionado del referido acuerdo municipal (fojas 91 a 95) y el Acuerdo Municipal N° 01-2017-CMD-V, del 23 de enero de 2017 (fojas 96 y 97), que declara consentido el referido acuerdo de concejo.

CONSIDERANDOS

  1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor la declara el correspondiente concejo...

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