RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 026-2017/DIGESA/SA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Disponen medidas de seguridad en materia de la calidad del agua para consumo humano en los distritos de Urarinas y Parinari de la provincia y departamento de Loreto-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 026-2017/DIGESA/SA

Fecha de disposición05 Abril 2017
Fecha de publicación08 Abril 2017

Lima, 5 de abril de 2017

VISTOS: El Informe N° 119-2017/DCOVI/DIGESA de la Dirección de Control y Vigilancia de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria- DIGESA y el Informe N° 057-2017/ELV/DG/DIGESA; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 66.1 del artículo 66 de la Ley N° 28611- Ley General del Ambiente establece que la prevención de riesgos y daños a la salud de las personas es prioritaria en la gestión ambiental, señalando que es responsabilidad del Estado, a través de la Autoridad de Salud y de las personas naturales y jurídicas dentro del territorio nacional, contribuir a una efectiva gestión del ambiente y de los factores que generan riesgos a la salud de las personas;

Los artículos 103, 105 y 106 de Ley N° 26842- Ley General de Salud establecen que la protección del ambiente es responsabilidad del Estado y de todas las personas naturales y jurídicas, quienes tienen la obligación de mantener los estándares que establezca la Autoridad de Salud competente para preservar la salud de las personas, precisando que corresponde a dicha autoridad dictar las medidas necesarias para minimizar y controlar los riesgos para la salud de las personas derivados de elementos, factores y agentes ambientales;

De acuerdo a los artículos 128 y 130 de la referida Ley N°...

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