RESOLUCION DE ALCALDIA, Nº 044-2017-A-MDJM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA - Delegan al Gerente Municipal las facultades de aprobar modificaciones a nivel programático durante el ejercicio 2017-RESOLUCION DE ALCALDIA-Nº 044-2017-A-MDJM

EmisorMUNICIPALIDAD DE JESAS MARAA
Fecha de la disposición10 de Marzo de 2017

Jesús María, 10 de marzo de 2017

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE JESÚS MARÍA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Nº 28411, señala que el Titular de la Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva. Dicha autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de las Entidades;

Que, tal como lo establece el numeral 40.1 del artículo 40 de la Ley Nº 28411, son modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático aquellas que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fiscal;

Que, el numeral 40.2 del artículo 40 de la norma aludida establece que las modificaciones presupuestarías en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, es necesario dictar el acto administrativo mediante el que se deleguen estas facultades presupuestales al Gerente Municipal, con la finalidad...

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