DECRETO SUPREMO, Nº 007-2017-EM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Establecen medidas inmediatas a fin de garantizar el suministro de energía eléctrica a los usuarios del Servicio Público de Electricidad a nivel nacional y dictan otras disposiciones-DECRETO SUPREMO-Nº 007-2017-EM

EmisorENERGIA Y MINAS
Fecha de la disposición18 de Marzo de 2017

Establecen medidas inmediatas a fin de garantizar el suministro de energía eléctrica a los usuarios del Servicio Público de Electricidad a nivel nacional y dictan otras disposiciones

DECRETO SUPREMO

Nº 007-2017-EM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, establece que el suministro regular de energía eléctrica para uso colectivo o destinado al uso colectivo constituye Servicio Público de Electricidad; asimismo establece que el mismo es de utilidad pública;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 020-97-EM se aprueba la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos - NTCSE a fin de garantizar a los usuarios un suministro eléctrico continuo, adecuado, confiable y oportuno en el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional - SEIN. Por su parte, la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos Rurales aprobada por Resolución Directoral N° 016-2008-EM/DGE hace lo propio en los Sistemas Eléctricos Rurales – SER;

Que, las intensas lluvias ocurridas durante los meses de enero y febrero del presente año, y que continúan produciéndose en el mes de marzo en el territorio nacional, han ocasionado daños a la salud de las personas, a las propiedades públicas y privadas, a las infraestructuras de servicio y productivas, a los servicios básicos, entre otros; y como resultado de dichos eventos, la continuidad del suministro de electricidad se ha visto afectada debido a los daños causados a la infraestructura eléctrica existente en diferentes zonas del país, ocasionado interrupciones que afectan a los usuarios del Servicio Público de Electricidad;

Que, atendiendo a lo señalado, se hace necesario tomar las medidas y/o acciones inmediatas que correspondan a fin de garantizar el suministro de energía eléctrica a los usuarios del Servicio Público de Electricidad a nivel nacional; asimismo indicar que el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN y el Comité de Operación Económica del Sistema - COES deben adoptar las medidas necesarias para la implementación de la presente...

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