RESOLUCION.Nº 033, 034 y 035-2017-OS/CD.Proyectos de Resoluciones del Consejo Directivo de OSINERGMIN.SEPARATA ESPECIAL Lunes 13 de marzo de 2017 AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO OSINERGMIN Nº 033-2017-OS/CD Proyecto de Resolución que Fija Precios en Barra para el período mayo 2017 - abril 2018. RESOLUCIÓN DE CONS... -

EmisorOrganismos Reguladores
Fecha de la disposición13 de Marzo de 2017
SEPARATA ESPECIAL
Lunes 13 de marzo de 2017
AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO OSINERGMIN Nº 033-2017-OS/CD
Proyecto de Resolución que Fija Precios
en Barra para el período mayo 2017 - abril 2018.
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO OSINERGMIN Nº 034-2017-OS/CD
Proyecto de Resolución de Determinación del Cargo Unitario
de Liquidación de los Sistemas Secundarios de Transmisión (SST)
y los Sistemas Complementarios de Transmisión SCT,
para el período mayo 2017 - abril 2018.
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO OSINERGMIN Nº 035-2017-OS/CD
Proyecto de Resolución que modif‌i ca la Resolución Nº 054-2013-OS/CD
que f‌i jó las Tarifas y Compensaciones de los SST y SCT,
para el período mayo 2013 - abril 2017.
Lunes 13 de marzo de 2017 /
El Peruano
2PROYECTO
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN Nº 033-2017-OS/CD
Lima, 9 de marzo de 2017
CONSIDERANDO:
Que, conforme se dispone en el literal g) del Anexo A.1 del “Procedimiento para Fijación de Tarifas en Barra”, aprobado
mediante Resolución Nº 080-2012-OS/CD, el proyecto de resolución que f‌i ja los Precios en Barra; así como, la relación de
la información (informes, estudios, dictámenes o modelos económicos) que la sustenta, con excepción de la información
clasif‌i cada previamente como conf‌i dencial mediante resolución de Osinergmin, deberá publicarse en el diario of‌i cial El
Peruano y en la página Web, con un plazo no menor a 15 días hábiles anteriores a la publicación de la Resolución que
apruebe los Precios en Barra;
Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27838 y a las facultades concedidas por el Reglamento General del Osinergmin,
aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; y
De conformidad con lo informado por la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación Tarifaria con el Informe Nº 103-
2017-GRT; y
Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 08-2017.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la publicación en el diario of‌i cial El Peruano y en la página Web de Osinergmin: www.osinergmin.
gob.pe, del Proyecto de Resolución que f‌i ja los Precios en Barra aplicables al periodo comprendido entre el 01 de mayo
de 2017 y el 30 de abril de 2018, documento que f‌i gura como Anexo 2 de la presente resolución.
Artículo 2º.- Disponer la publicación, en el diario of‌i cial El Peruano y en la página Web de Osinergmin, de la relación de
información que se acompaña como Anexo 1 de la presente resolución.
Artículo 3º.- Convocar a Audiencia Pública para la sustentación y exposición, por parte de Osinergmin, de los criterios,
metodología y modelos económicos utilizados en el proyecto de resolución de Fijación de Precios en Barra publicado,
que se realizará en la fecha, hora y lugares siguientes:
Fecha : Jueves 16 de marzo de 2017
Hora : 09:00 a.m.
Lugares : LIMA
BTH – Business Tower Hotel
Av. Guardia Civil 727, Urb. Córpac, San Borja
PIURA
HOTEL LOS PORTALES DE PIURA
Libertad 875, Piura
AREQUIPA
HOTEL TIERRASUR
Consuelo 210, Arequipa
Artículo 4º.- Def‌i nir un plazo de ocho (08) días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la
presente resolución, a f‌i n de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia de
Regulación de Tarifas de Osinergmin, ubicada en la Avenida Canadá Nº 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y
sugerencias también podrán ser remitidas vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico: f‌i tamayo2017@
osinergmin.gob.pe. La recepción de las opiniones y/o sugerencias en medio físico o electrónico, estará a cargo de
la Sra. Ruby Gushiken Teruya. En el último día del plazo, sólo se podrán remitir comentarios hasta las 18:00 horas,
para su análisis respectivo.
Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia de Regulación de Tarifas el análisis de las opiniones y sugerencias que se presenten
sobre el proyecto de resolución a que se ref‌i ere el Artículo 1º de la presente resolución.
Artículo 6º.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario of‌i cial El Peruano y consignada, en la página Web
de Osinergmin: www.osinergmin.gob.pe.
JESÚS TAMAYO PACHECO
Presidente del Consejo Directivo
El Peruano / Lunes 13 de marzo de 2017 3
PROYECTO
ANEXO 1
RELACIÓN DE INFORMACIÓN QUE SUSTENTA LA RESOLUCIÓN DE FIJACIÓN
DE LOS PRECIOS EN BARRA
1. Informe Nº 102-2017-GRT “Informe para la Publicación del Proyecto de Resolución que f‌i ja los Precios en Barra
(Periodo Mayo 2017 - Abril 2018)”.
2. Informe Nº 099-2017-GRT “Liquidación del Periodo Anterior y Cálculo de la Recaudación por Aplicación del FISE a
los Generadores Eléctricos Usuarios de Transporte de Gas Natural por Ductos (Periodo Mayo 2017 – Abril 2018)”.
3. Informe Nº 103-2017-GRT de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas.
4. Informe DSE-UGSEIN-96-2017 de la División de Supervisión de Electricidad “Cálculo de penalidad y
compensaciones por la indisponibilidad de las centrales Puerto Bravo y NEPI”
5. Absolución de Observaciones al Informe Nº 790-2016-GRT, presentado por el Subcomité de Generadores del
COES.
6. Absolución de Observaciones al Informe Nº 798-2016-GRT, presentado por el Subcomité de Transmisores del
COES.
7. “Estudio Técnico Económico Fijación de Tarifas en Barra del Periodo Mayo 2017 – Abril 2018”, preparado por el
Subcomité de Transmisores del COES.
8. “Estudio Técnico Económico de Determinación de Precios de Potencia y Energía en Barras para la Fijación Tarifaria
de Mayo de 2017”, preparado por el Subcomité de Generadores del COES.
9. Contratos de Concesión, con sus respectivas adendas, suscritos por el Estado Peruano al amparo del Decreto
Supremo Nº 059-96-PCM:
Contrato suscrito con la empresa TRANSMANTARO
Contrato suscrito con la empresa REDESUR
Contrato suscrito con la empresa ISA PERU
Contrato suscrito con la empresa REP
Contrato suscrito con la empresa TESUR
Contrato suscrito con la empresa ATN
Contrato suscrito con la empresa ABY
Contrato suscrito con la empresa ATN 3
Contrato suscrito con la empresa CONCESIONARIA LT CCNCM
10. Modelos:
“Modelo Perseo”: Modelo para el Cálculo de los Costos Marginales de Energía, incluye manuales y
simulaciones con casos típicos.
“Modelo Demanda por Barras”: Cálculo de la demanda global y por barras para el periodo 2016-2019.
11. Planillas de cálculo diversas en medio óptico.
ANEXO 2
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN Nº -2017-OS/CD
Lima, de abril de 2017
VISTOS:
Los informes del Subcomité de Generadores y del Subcomité de Transmisores del Comité de Operación Económica del
Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (en adelante “SUBCOMITÉS”); los Informes de la Gerencia de Regulación de
Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería Nº -2017-GRT, Nº -2017-GRT y, Nº -2017-GRT.
CONSIDERANDO:
Que, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante “Osinergmin”), de conformidad con lo
dispuesto en el Artículo 3 de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los
Servicios Públicos; en los artículos 27 y 52, literales p) y u), de su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo
Nº 054-2001-PCM y en el Artículo 22º, literal h), del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por
Decreto Supremo Nº 009-93-EM, tiene el encargo de regular los Precios en Barra para los suministros a que se ref‌i ere el
Artículo 43, inciso d), del Decreto Ley Nº25844, Ley de Concesiones Eléctricas (en adelante “LCE”);
Que, mediante la Resolución Nº 080-2012-OS/CD, se aprobó la Norma Procedimiento para Fijación de Precios Regulados",
la cual incorpora como Anexo A.1 el “Procedimiento para Fijación de Tarifas en Barra”, el mismo que contiene los plazos
para las diferentes etapas que deben llevarse a cabo tales como, la publicación de los estudios de los SUBCOMITÉS, las
audiencias públicas previstas, la presentación de observaciones y su correspondiente absolución, entre otras;
Que, el Procedimiento para Fijación de Precios en Barra, conforme se señala en el Informe Nº 102-2017-GRT, se ha
iniciado el 14 de noviembre de 2016 con la presentación de los Estudios Técnico Económicos correspondientes por parte

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