ORDENANZA, Nº 003-2017, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO - Derogan la Ordenanza Nº 000008, Reglamento de Altas, Bajas y Transferencias de Bienes Muebles Patrimoniales de la Municipalidad Provincial del Callao-ORDENANZA-Nº 003-2017

Fecha de disposición27 Febrero 2017
Fecha de publicación12 Marzo 2017

Callao, 27 de febrero de 2017

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DEL CALLAO

POR CUANTO:

El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen Nº 014-2017-MPC/CMPC-SR-COAD de la Comisión de Administración, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confieren y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; y

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 194, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos del gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 en el artículo 9 inciso 8, señala que es atribución del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;

Que, la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales N° 29151, en el artículo 3 establece que los bienes estatales comprenden los bienes muebles e inmuebles, de dominio privado y de dominio público que tienen como titular al Estado o a cualquier entidad pública, independientemente del nivel del gobierno al que pertenezcan y en el artículo 8, literal f, señala que los gobiernos locales y sus empresas son entidades que forman parte del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en cuanto administran o disponen de bienes del Estado;

Que, asimismo la citada Ley N° 29151, en el artículo 9 menciona que los actos que realizan los gobiernos locales, respecto de los bienes de su propiedad así como los de dominio público que se encuentran bajo su administración, se ejecutan bajo lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 así como de la precitada ley y su reglamento, en lo que fuera aplicable, estando obligados a remitir la información de los bienes para su registro en el Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales - SINABIP;

Que, mediante Oficio N° 591-2016/SBN-DNR-SDNC (Expediente N°...

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