Resolución nº 373-2017/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 24 de Febrero de 2017

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2017
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente265-2016/CC1-APE
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 1
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 1908-2015/PS2
1
M-CPC-05/1A
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0373-2017/CC1
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
(OPS)
DENUNCIANTE : SARA MERCADO PERÉZ (SEÑORA MERCADO)
DENUNCIADA : BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ S.A.A. INTERBANK
(INTERBANK)
MATERIAS : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DEBER DE IDONEIDAD
ACTIVIDAD : SISTEMA FINANCIERO BANCARIO
Lima, 24 de febrero de 2017
ANTECEDENTES
1. El 30 de octubre de 2015, la señora Mercado denunció a Interbank, por presunta
infracción de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en
adelante, el Código)
1
, manifestando lo siguiente:
(i) El 1 de octubre de 2015, Interbank le informó telefónicamente que detectó dos
retiros de efectivo fraudulentos con cargo a su cuenta de ahorros
340-*******795 por los importes de US$ 500,00
2
y S/ 1 500,00, lo cuales no
reconoce, toda vez que ese día no realizó ninguna operación con su tarjeta de
débito.
(ii) Al momento de recibir la llamada, proporcionó los cuatro últimos dígitos de su
tarjeta de débito (que tenía consigo) a solicitud del personal de la entidad
financiera, el cual verificó que era correcto y procedió a bloquear dicho plástico.
(iii) Cumple con todas las medidas se seguridad respecto al uso de su tarjeta de débito
proporcionadas por Interbank, tales como solo realizar retiros de dinero a través
de cajeros automáticos ubicados en establecimientos que brindan mayor
seguridad y por montos menores.
(iv) En la fecha en la cual se realizaron las operaciones no reconocidas se encontraba
en su centro de trabajo, siendo que no pudo estar en dos lugares distintos y
distantes al mismo tiempo, por lo que podría tratarse de un caso de clonación.
1
Publicada en el Diario Oficial El Peruano el 2 de septiembre de 2010 y vigente desde el 2 de octubre de 2010.
2
El retiro de efectivo de US$ 500,00 fue debitado de la cuenta de ahorros en moneda nacional de la señora Mercado por
el monto de S/. 1 667,50, aplicando el tipo de cambio vigente en Interbank.

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