RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 176-2017 DE/SG, PODER EJECUTIVO, DEFENSA - Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU.-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 176-2017 DE/SG

EmisorDEFENSA
Fecha de la disposición17 de Febrero de 2017

Lima, 17 de febrero de 2017

CONSIDERANDO:

Que, con Facsímil (DSD) Nro. 35, del 02 de febrero de 2017, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra;

Que, con Oficio Nº 314-2017-MINDEF/VPD/B/01.a, del 08 de febrero de 2017, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra;

Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 27 de febrero de 2017 al 03 de marzo de 2017, con la finalidad de efectuar una “Revisión de la Administración Financiera (FMR)” de los Programas FMS de las Fuerzas Armadas, así como sostener reuniones con personal del Ministerio de Defensa, Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, Ejército, Marina y Fuerza Aérea del Perú;

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La...

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