RESOLUCION.Nº 026 Y 027-2017-OS/CD.Proyecto de Resolución que fija los peajes y compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmisión y Sistemas Complementarios de Transmisión, para el período 2017 - 2021 // Aprueban Margen de Reserva Firme Objetivo (MRFO) y la Tasa de Indisponibilidad Fortuita (TIF) para el período de mayo 2017 - abril 2017.SEPARATA ESPECIAL RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO OSINERGMIN Nº 026-2017-OS/CD Proyecto de resolución que fija los peajes y compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmisión y Sistemas Complementarios de Transmisión, para el período 2017... -

Fecha de disposición24 Febrero 2017
Fecha de publicación24 Febrero 2017
SEPARATA ESPECIAL
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO OSINERGMIN Nº 026-2017-OS/CD
Proyecto de resolución que f‌i ja los peajes y compensaciones para los
Sistemas Secundarios de Transmisión y Sistemas Complementarios
de Transmisión, para el período 2017 - 2021.
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO OSINERGMIN Nº 027-2017-OS/CD
Aprueba Margen de Reserva Firme Objetivo (MRFO) y la
Tasa de Indisponibilidad Fortuita (TIF) para el período de
mayo 2017 - abril 2021.
Viernes 24 de febrero de 2017
AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO
Viernes 24 de febrero de 2017 /
El Peruano
2NORMAS LEGALES
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN Nº 026-2017-OS/CD
Lima, 21 de febrero de 2017
CONSIDERANDO:
Que, conforme se dispone en el literal g) del Anexo A.2.2., Procedimiento para Fijación de Peajes y Compensaciones para
los Sistemas Secundarios de Transmisión (SST) y Sistemas Complementarios de Transmisión (SCT) (“Procedimiento”),
de la Norma “Procedimientos para Fijación de Precios Regulados”, aprobada mediante Resolución Nº 080-2012-OS/CD;
deberá publicarse, en el diario of‌i cial El Peruano, el proyecto de resolución que f‌i ja los Peajes y Compensaciones de los SST
y SCT comprometidos; así como la relación de la información (informes, estudios, dictámenes y/o modelos económicos)
que lo sustentan. Asimismo, indica dicho literal que en la misma oportunidad se deberá convocar a Audiencia Pública;
Que, en ese sentido, corresponde disponer la publicación del proyecto de resolución que f‌i ja, entre otros, los Peajes y
Compensaciones de los SST y SCT para el periodo comprendido entre el 01 de mayo de 2017 y el 30 de abril de 2021, así
como convocar a Audiencia Pública Descentralizada para el sustento por parte del Osinergmin. Dicha f‌i jación tarifaria tiene
incidencia a nivel nacional;
Que, por otro lado, conforme a lo establecido en el ítem j) del Procedimiento, los interesados podrán presentar a
Osinergmin, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la realización de la Audiencia Pública de Osinergmin, sus
opiniones y sugerencias sobre el proyecto de resolución publicado, a f‌i n de que sean analizados por Osinergmin en la
publicación de la resolución, por lo que corresponde otorgar el citado plazo en la presente decisión;
Que, adicionalmente, el Procedimiento establece que se deberá publicar en la página web de Osinergmin, el proyecto
de resolución que f‌i ja los Peajes y Compensaciones de los SST y SCT, dentro de los 2 días hábiles siguientes a la
publicación en el diario of‌i cial El Peruano;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada
en los Servicios Públicos; en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplif‌i cación de los Procedimientos Regulatorios
de Tarifas, en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº
27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modif‌i catorias y complementarias; y,
Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 06-2017.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la publicación, en el diario of‌i cial El Peruano y en la página web de Osinergmin, http://www.osinergmin.
gob.pe, del proyecto de resolución que f‌i ja los Peajes y Compensaciones de los SST y SCT para el periodo comprendido entre
el 01 de mayo de 2017 y el 30 de abril de 2021. Dicho proyecto de resolución f‌i gura como Anexo B de la presente resolución.
Artículo 2º.- Disponer la publicación, en el diario of‌i cial El Peruano y en la citada página web de Osinergmin, de la
relación de información que sustenta el proyecto de resolución a que se ref‌i ere el artículo 1º, que se acompaña como
Anexo A de la presente resolución, en la cual se identif‌i can los informes que contienen el análisis de Osinergmin en la
f‌i jación de Peajes y Compensaciones del SST y SCT.
Artículo 3º.- Convocar a Audiencia Pública Descentralizada, para la sustentación y exposición por parte de Osinergmin,
de los criterios, metodología y modelos utilizados en el proyecto de resolución publicado, que se realizará en la fecha,
hora y lugares siguientes:
Fecha: martes 07 de marzo de 2017
Hora: 10:00 a.m.
Lugares: LIMA
Sala Principal GRT
Av. Canadá Nº 1460, San Borja
TACNA
Auditorio del Hotel El Mesón
Ca. Hipólito Unanue Nº 175 – Tacna
TRUJILLO
Hotel El Gran Marqués
Díaz de Cienfuegos 145, Urb. La Merced – Trujillo
Artículo 3º.- Def‌i nir un plazo de diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente a la realización de la Audiencia
Pública de Osinergmin, a f‌i n de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia de
Regulación de Tarifas (GRT) de Osinergmin, ubicada en la Avenida Canadá Nº 1460, San Borja, Lima. Las opiniones
y sugerencias también podrán ser remitidas vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico: Peajes2017@
osinergmin.gob.pe. La recepción de las opiniones y/o sugerencias en medio físico o electrónico, estará a cargo de la Sra.
Ruby Gushiken Teruya. En el último día del plazo, sólo se podrán remitir comentarios hasta las 18:00 horas.
Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Regulación de Tarifas, el análisis de las opiniones y sugerencias que se presenten
sobre el proyecto de resolución a que se ref‌i ere el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 5º.- La presente resolución, sus Anexos A y B deberán ser publicados en el diario of‌i cial El Peruano y serán
consignados, junto con los Informes contenidos en la relación de información del Anexo A y con la exposición de motivos,
en la página Web de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe.
JESÚS TAMAYO PACHECO
Presidente del Consejo Directivo

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