ORDENANZA, Nº 480-2017-MDB/CDB, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE BREÑA - Ordenanza que aprueba fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios municipales, incentivos por pronto pago para el ejercicio 2017 y actualización de datos con carácter de Declaración Jurada-ORDENANZA-Nº 480-2017-MDB/CDB

Fecha de publicación17 Febrero 2017
Fecha de disposición15 Febrero 2017

Breña, 15 de febrero de 2017

EL CONCEJO DISTRITAL DE BREÑA

VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo, de fecha 15.FEBRERO.2017, los Informes Nos. 012-201-GR/MDB, 016-2017-GR/MDB y 023-2017GR/MDB de la Gerencia de Rentas; Informes Nos. 050-2017-GAJ/MDB y 082-2017-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoría Jurídica; Memoranda Nos. 076-2017 GPPROPICI/MDB y 0134-2017GPPROPICI/MDB de la Gerencia de Planificación, Presupuesto, Racionalización, OPI y Cooperación Interinstitucional; sobre proyecto de ordenanza que aprueba las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, Incentivos por Pronto Pago para el Ejercicio 2017, así como actualización de datos con carácter de Declaración Jurada; y

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú señala que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; y el artículo 40 de la Ley N° 27972 – Orgánica de Municipalidades establece que, mediante ordenanzas, se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley; lo que concuerda con la norma IV del Título Preliminar del Texto Único de Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto supremo N° 133-2013- EF, cuyo artículo 41° referido a la condonación, precisa que excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar con respecto de los tributos que administren;

Que, en mérito a las normas legales referidas, el Concejo Distrital de Breña emitió la Ordenanza N° 476-2016-MDB/CDB (28.NOVIEMBRE.2016) que aprueba los Arbitrios Municipales de Limpieza, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio Fiscal 2017, la misma que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Acuerdo de Concejo N° 532-2016-MML;

Que, asimismo, el artículo 15º del Decreto Legislativo N° 776 – Ley de Tributación Municipal –establece que el Impuesto Predial podrá cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas: a) Al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año; y b) En forma fraccionada en cuatro cuotas trimestrales; que...

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