Resolución nº 396-2017-MP-FN de Fiscalía de la Nación, 3 de Febrero de 2017

Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2017
3
<3"
-2017 -MP-FN
Lima, O 3
FEB.
2017
VISTOS:
El Oficio
{32,
-2017-MP-FN-GG, de fecha
01
de
febrero de 2017, a través del cual la Gerencia General eleva el Oficio W 152 -2017-MP-
FN-GG-OPROCTI, de fecha 19 de enero de 2017, de la Oficina de Proyectos y
Cooperación Técnica Internacional, con el Informe 05 -2017-MP-FN-GG-OPROCTI,
de fecha 19
de
enero de 2017; el Informe 070-2017-MP-FN-OAJ, de fecha 17 de
enero de 2017,
de
la Oficina de Asesoría Jurídica; y el Oficio 030-2017-MP-FN-EMP,
de fecha 09
de
enero de 2017, de la Escuela del Ministerio Público; mediante los cuales
proponen y sustentan la necesidad de la suscripción de la Adenda 1 al Convenio de
Cooperación Interinstitucional con el Centro de Estudios Financieros -CEFI de la
Asociación de Bancos del Perú,
y;
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio Público es una Institución
autónoma del Estado entre cuyas funciones se encuentra la defensa de la legalidad, los
derechos ciudadanos, los intereses públicos, la representación de la sociedad en juicio,
la defensa de la familia, de los menores e incapaces, el interés social y velar por la
moral pública; y siendo el Centro de Estudios Financieros de la Asociación de Bancos
del Perú, una asociación civil de fines educativos y sin ánimo de lucro, dedicada a
cumplir tareas de formación, especialización, investigación y extensión a través de la
realización
de
actividades académicas que fortalecen el sistema financiero, promueven
la educación y la inclusión financiera, así como la especialización y modernización del
Estado en ámbitos que impactan en la bancarización y la competitividad del país; por lo
cual a través
de
los documentos de vistos, la Escuela del Ministerio Público, la Oficina
de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional y
la
Oficina de Asesoría Jurídica,
consideran conveniente y proponen la suscripción de la Adenda 1 al Convenio de
Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio Público y el Centro de Estudios
Financieros -CEFI de la Asociación de Bancos del Perú, toda vez que coadyuvará con
el adecuado cumplimiento de los objetivos institucionales;
Que, el proyecto de Adenda 1 propuesto tiene
por objeto prorrogar por el plazo de dos (02) años, la vigencia establecida
en
la Cláusula
Octava del Convenio primigenio, el mismo que tendrá una vigencia hasta el 18 de marzo
de 2019; así como incluir las Cláusulas de Confidencialidad y Protección de Datos
Personales, las mismas que conforme a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de
la Nación 2432-2016-MP-FN, de fecha 23 de mayo de 2016, deberán ser incluidas
..
en todo Convenio y Adenda celebrados;
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