RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 075-2017-P-CSJCL/PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Disponen incorporación de Presidente y comunican nueva conformación del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia del Callao-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 075-2017-P-CSJCL/PJ

Fecha de disposición31 Enero 2017
Fecha de publicación03 Febrero 2017
SecciónSección Única

Callao, 31 de enero de 2017

LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE

JUSTICIA DEL CALLAO

VISTOS:

La Resolución Administrativa N° 278-2015-P-CSJCL/PJ, de fecha 28 de mayo de 2015 y las Resoluciones Administrativas de Presidencia N° 573-2016-P-CSJCL/PJ de fecha 01 de diciembre de 2016, N° 579-2016-P-CSJCL/PJ de fecha 01 de diciembre de 2016, N° 115-2016-P-CSJCL/PJ de fecha 02 de marzo de 2016.

CONSIDERANDO

Que, según lo establece el artículo 95° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en los Distritos Judiciales donde hay seis (06) o más Salas Especializadas, el Consejo Ejecutivo Distrital se compone de cinco (05) miembros, entre los que se encuentran: “… 1.- El Presidente de la Corte Superior, quien lo preside; 2.- El Vocal Jefe de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura; 3.- Un Vocal designado por la Sala Plena de la Corte Superior, que será el último ex-Presidente de dicha Corte, cuando sea un Vocal en ejercicio; 4.- Un Juez Especializado o Mixto elegido por los Jueces Especializados o Mixtos del respectivo Distrito Judicial; y 5.- Una persona de reconocida experiencia en la gerencia pública o privada, designada por el Colegio de Abogados de la localidad”.

Mediante Resolución Administrativa N° 278-2015-P-CSJCL/PJ, de fecha 28 de mayo de 2015, se comunicó la reconformación del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia del Callao, que desempeñaría funciones durante los años judiciales 2015 y 2016, habiendo sido Presidente de dicho órgano de gobierno el doctor Cesar José Hinostroza Pariachi, en su condición de Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao.

Que, de conformidad con el artículo 88 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los Presidentes de las Cortes Superiores son elegidos por un periodo de dos años por los Jueces Superiores de la respectiva Corte, reunidos en Sala Plena por mayoría absoluta. La elección se realiza conforme al segundo y tercer párrafo del artículo 74 de la norma legal antes acotada.

En virtud del dispositivo...

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