ORDENANZA, Nº 375-MDS, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO - Ordenanza que aprueba descuentos por pronto pago de Arbitrios Municipales correspondiente al Ejercicio 2017-ORDENANZA-Nº 375-MDS

EmisorMUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Fecha de la disposición 2 de Febrero de 2017

Ordenanza que aprueba descuentos por pronto pago de Arbitrios Municipales correspondiente al Ejercicio 2017

ORDENANZA Nº 375-MDS

Surquillo, 30 de enero de 2017

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

SURQUILLO:

VISTO, el Memorando N° 023-2017-GM-MDS, con fecha 13 de enero de 2017, emitido por la Gerencia Municipal, el Informe N° 009-2017-GAJ-MDS, con fecha 13 de enero de 2017, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 012-2017/GPPCI/MDS, con fecha 12 de enero de 2017, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto, y Cooperación Internacional, el Informe N° 002-2017-GR-MDS, con fecha 12 de enero de 2017, emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe N°039-2017-SGAT-GR-MDS, con fecha 11 de enero de 2017, emitido por la Sub Gerencia de Administración Tributaria, el Memorando N°002-2017-GEI/MDS, con fecha 11 de enero de 2017, emitido por la Gerencia de Estadística e Informática, el Informe N° 1205-2016-SGAT-GR-MDS, con fecha 12 de diciembre de 2016, emitido por la Sub Gerencia de Administración Tributaria, el Memorándum N° 1043-2016-GR-MDS, con fecha 09 de diciembre de 2016, emitido por la Gerencia de Rentas y el Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba los Descuentos por el Pronto Pago de Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2017; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 74º de la Constitución Política otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, potestad que es reconocida en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, para crear, modificar, suprimir o exonerar arbitrios, tasas de licencias y derechos dentro de los límites establecidos por la Ley;

Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se regula las materias en la que la Municipalidad tiene competencia normativa;

Que, conforme a la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, la Administración Tributaria...

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