RESOLUCION, Nº 0408-2016-UNSAAC/, ORGANOS AUTONOMOS, INSTITUCIONES EDUCATIVAS - Autorizan emisión de duplicados de Diplomas de Título Profesional de Ingeniero Civil y de Licenciada en Educación, especialidad: Lengua y Literatura, expedidos por la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco-RESOLUCION-Nº 0408-2016-UNSAAC/

Fecha de disposición29 Diciembre 2016
Fecha de publicación01 Febrero 2017

Cusco, 29 de diciembre de 2016

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD

NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO:

VISTO, el Expediente signado con el N° 652312, presentado por doña LIZ ANGELICA LOAYZA FLORES, con Código Universitario Nº 941951, solicitando emisión de duplicado de diploma de Título Profesional de Licenciada en Educación, Especialidad: Lengua y Literatura, por motivo de pérdida, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas, la expedición de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales, por motivos de pérdida, deterioro y mutilación;

Que, la Institución regula el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos, mediante Directiva, aprobada por Resolución Nº CU- 224 -2006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006;

Que, la administrada mediante expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma de Título Profesional de Licenciada en Educación, Especialidad: Lengua y Literatura, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4° de la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitidos por la UNSAAC, esto es: 1) Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Original de la Constancia de la denuncia policial; 3) Reporte del Registro Nacional de Grados Académico y Títulos Profesionales de la SUNEDU; 4) Copia certificada por el Secretario General de la UNSAAC, de la Resolución Rectoral por la que se le confiere el Título Profesional de Licenciada en Educación, Especialidad: Lengua y Literatura; 5) Publicación en el Diario del Cusco, del aviso de la pérdida de su diploma de Título Profesional; 6) Dos Fotografías; 7) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad;

Que, mediante Oficio Nº 844-2016-F-EDyCsC-UNSAAC, la Señora Decana de la Facultad de Educación y Ciencias de la Comunicación, informa que mediante Resolución Nº CU-0021-2001-GT de 01 de enero de 2001, se aprobó el expediente de la recurrente, para optar al Título Profesional de Licenciada en Educación, Especialidad: Lengua y Literatura;

Que, del Informe Nº 59-2016-GT expedido por el Equipo de Grados y Títulos de la Oficina de Secretaría General de la Institución, se colige que la recurrente optó al Título Profesional de Licenciada en Educación, Especialidad: Lengua y Literatura, conforme obra en el Libro de Registro de Grados...

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