DECRETO SUPREMO, Nº 002-2017-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1265, Decreto Legislativo que crea el Registro Nacional de Abogados Sancionados por Mala Práctica Profesional-DECRETO SUPREMO-Nº 002-2017-JUS
Emisor | JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS |
Fecha de la disposición | 27 de Enero de 2017 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo Nº 1265, Decreto Legislativo que Crea el Registro Nacional de Abogados Sancionados por mala Práctica Profesional tiene por objeto constituir y normar el Registro Nacional de Abogados Sancionados por Mala Práctica Profesional;
Que, de conformidad con la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1265, mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos, se aprueba el Reglamento del citado dispositivo legal;
Que, se requiere reglamentar el presente Decreto Legislativo, a fin de esclarecer las competencias de las entidades de la Administración Pública y facilitar el empleo del registro por parte de la ciudadanía;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú;
DECRETA:
Apruébese el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1265, Decreto Legislativo que Crea el Registro Nacional de Abogados Sancionados por Mala Práctica Profesional.
A efectos de su difusión, se dispone la publicación del presente Decreto Supremo y el Reglamento en el Portal del Estado peruano (www.peru.gob.pe); en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe).
El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil diecisiete.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO
Ministra de Justicia y Derechos Humanos
REGLAMENTO
DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1265,
QUE CREA EL REGISTRO DE ABOGADOS
SANCIONADOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL
El presente Reglamento tiene por objeto regular la aplicación del Decreto Legislativo Nº 1265, Decreto Legislativo que crea el Registro Nacional de Abogados Sancionados por Mala Práctica Profesional, en adelante el Registro.
2.1 El Registro proporciona información actualizada sobre las sanciones impuestas a abogados por parte de las instituciones señaladas en el artículo 5.
2.2 La Dirección General de Justicia y Cultos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es el órgano responsable del...
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